16/10/2007
nota de opinión
Perpetua para el cura genocida
Por Olivier Reboursin. Liga Argentina por
los Derechos del Hombre *
La condena a reclusión perpetua —por
crímenes de lesa humanidad en el marco del genocidio
llevado a cabo por la última dictadura militar—
dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata al
sacerdote Cristian Von Wernich el pasado martes 9 de octubre
es sin dudas un triunfo del movimiento popular y de Derechos
Humanos.
Se trata de la tercera dispuesta luego de la anulación
de las leyes de “punto final” y “obediencia
debida” en 2004, pero además es la primera que
alcanza a un civil protagonista activo de los actos represión
llevados a cabo en los años del “Proceso”
y un representante de una de las más poderosas instituciones
de nuestra sociedad: la iglesia católica. Frente al fallo
que continúa la doctrina iniciada por el mismo tribunal
con la prisión dispuesta para el ex policía Etchecolatz,
la voz de la jerarquía eclesiástica se manifestó
en un comunicado en que intentó “despegarse”
de las acciones “individuales” del condenado sin
grado alguno de arrepentimiento ni explicación por sus
acciones en esos años. La articulación del movimiento
de derechos humanos tanto en lo que hace a la cuestión
técnica como en la movilización popular resultó
fundamental a la hora de exigir el castigo del genocida.
Después de poco más de tres meses de juicio oral
y público y en el marco de una causa que se reabrió
hace tres años. La elevación a la instancia de
juzgamiento, fue tomada por el movimiento de Derechos Humanos
como la posibilidad de probar en sede judicial la responsabilidad
directa no solo de Von Wernich sino de gran parte de la dirección
de la iglesia en el plan criminal llevado a cabo por la dictadura
de 1976—1983.
De ese modo, desde la consigna ideada por las organizaciones
nucleadas en Justicia Ya! La Plata: “La impunidad tiene
cura” se convocó a los espacios populares a ser
parte del juicio, más allá de aquellas que fueron
parte de la querella y tuvieron un rol preponderante en el proceso,
y que reclamaron la condena por genocidio del sacerdote. A lo
largo de estos tres meses, al igual que lo habían hecho
con el caso del ex jefe de la Dirección de Investigaciones
de la Policía de Buenos Aires (DIPBA), Miguel Osvaldo
Etchecolatz. Justicia Ya! reiteró el carácter
fragmentario e insuficiente de este juicio, reclamando una vez
más “cárcel a todos los genocidas, justicia
por todos los compañeros”.
Durante la dictadura, como capellán de la Policía
Bonaerense, Von Wernich actuó como parte activa de las
fuerzas de represión comandadas por el general Ramón
Camps . Del alegato de Justicia Ya! en la parte que correspondió
a la abogada de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre,
Guadalupe Godoy surge: “Vemos finalmente el rol de Von
Wernich en la ejecución y el ocultamiento posterior del
delito. Allí su tarea, también en clara utilización
de la confianza que generaba su carácter de sacerdote.
Las cartas de los familiares dan cuenta de cómo operaba
para impedir el reclamo y la búsqueda y en definitiva,
la tortura que ejerció sobre ellos al mantener la esperanza,
que paraliza e inmoviliza. Su conducta no era aislada sino parte
del plan criminal”. Y así lo reconoció el
tribunal interviniente quien calificó al cura como coautor
de los delitos de homicidio, torturas y secuestros.
Las consecuencias actuales del genocidio
El juicio sirvió además para probar, tal como
lo expresó Godoy en su alegato final, que lo que se vivió
en la Argentina, fue “un plan sistemático —un
genocidio— ya probado y cuyas consecuencias planificadas
de impunidad alcanzan al día de hoy”. Y remarcó
entre esas consecuencias, la asimilación por parte de
la sociedad de la teoría de los dos demonios que pretendió
equiparar la lucha política armada con el uso terrorista
del aparato estatal, las alusiones a la supuesta existencia
de una guerra en la Argentina utilizadas en el marco del juicio
o más directamente, la decisión de la fiscalia
de poner en duda el carácter de desaparecida de una de
las víctimas que dio origen al proceso.
El caso del secuestro y desaparición de Jorge Julio
López, testigo en el juicio a Etchecolatz en la misma
ciudad hace un año, es parte de lo mismo. Sin dudas,
el proceso legal permitió mostrar las insuficiencias
y contradicciones del sistema en torno al juzgamiento, trabajo
con testigos y posibilidades que ofrece para que se reproduzca
e incluso en algunos casos se admita la voz de los genocidas.
En definitiva, mostró no solo en ese aspecto las limitaciones
de estos juicios, ya que en las condenas si bien el tribunal
condenó a Von Wernich “por delitos de lesa humanidad
en el marco del genocidio que tuvo lugar en la Argentina entre
1976—1983” no aplicó la condena por genocidio específicamente,
tomando el delito tipificado en el derecho internacional en
virtud de que el mismo no está contemplado en una ley
interna y no existe indicación de qué penas corresponden
aplicar para esa tipología.
Al respecto expresó la Presidenta de la Liga Argentina
por los Derechos del Hombre, Graciela Rosenmblum “La condena
ha sido una nueva condena ejemplar, aunque todavía tiene
la dificultad de no ser una condena por genocidio. Uno de los
planteos que la querella de Justicia Ya! hizo a través
de Guadalupe Godoy fue que no es necesario tener penas establecidas,
porque los delitos ya están comprendidos en el delito
de genocidio contenido en la Convención Internacional”.
Y sobre la participación del Estado en el juicio, aseguró
“a pesar de ser parte a través de la Secretaría
de Derechos Humanos, ha sido incapaz de producir ninguna prueba
significativa que permita obtener la condena” quedando
en opinión de la dirigente del movimiento de Derechos
Humanos, los familiares y sobre todo los sobrevivientes todo
el peso de acreditar y probar el genocidio producido”.
La constante elusión de las responsabilidades
de la iglesia
“Entre las aristas del juicio, —señaló
Rosenmblum— está la de la responsabilidad institucional
de la iglesia y su rol en el terrorismo de Estado, como parte
de su estructura. Lo que se nota a través de la acción
de Von Wernich y otros que aún no han llegado a juicio”.
La declaración de la institución iglesia mostró
una vez más la complicidad de su estructura con la acción
del terrorismo estatal durante la dictadura. En un tibio alegato,
—que muestra la ausencia de asunción de responsabilidades—
intentó deslizar que las acciones de Von Wernich fueron
sólo una acción personal e insistieron en que
“si algún miembro de la Iglesia, cualquiera fuera
su condición, hubiera avalado con su recomendación
o complicidad alguno de esos hechos, habría actuado bajo
su responsabilidad personal, errando o pecando gravemente contra
Dios, la humanidad y su conciencia”. Su planteo, habla
además de “necesidad de reconciliación”,
eufemismo para poner un freno a la incansable búsqueda
de memoria, verdad y justicia que a lo largo de los últimos
veinticinco años han encabezado sobrevivientes del terrorismo
de Estado, sus familiares y los organismos de Derechos Humanos
acompañados por diversas organizaciones del campo popular.
Frente a la actitud ignominiosa de la jerarquía eclesiástica,
que ni si quiera en este caso expresa palabra alguna respecto
de las víctimas del terrorismo de Estado, se alzan apenas
algunas voces como la del sacerdote Rubén Capitanio,
quien en el marco de su testimonio en el juicio afirmó:
“La iglesia fue la única madre que no reclamó
por sus hijos”.
Del mismo modo otros testimonios, mostraron además la
funcionalidad que tuvieron las capellanías y vicariatos
castrenses y policiales en el accionar de los grupos de tareas
de la dictadura, participando como en el caso Von Wernich de
los propios secuestros y torturas o prestando el apoyo y la
justificación moral e ideológica a los represores.
Sobre este último punto, el alegato de la querella
de Justicia Ya! insistió en la necesidad de terminar
con estos privilegios en tiempos de gobierno constitucional,
mostrando la complicidad intelectual de estos espacios con los
sectores más reaccionarios y brutales de la sociedad,
sirviendo como ejemplo actual –y ejemplo también
de la continuidad de las consecuencias de la ideología
de la dictadura y la impunidad— el caso del vicario castrense
Baseotto y su prédica antiabortista que lo llevó
a expresar la necesidad de volver a los métodos del autodenominado
“Proceso”.
El Poder Judicial en la picota
En el nuevo juicio quedó probada una vez más,
la participación de importantes sectores del poder e
instituciones de la sociedad civil en el accionar represivo
de la dictadura. Del mismo modo quedó probada la complicidad
y acción directa de todos los poderes del Estado, entre
ellos el Judicial, en el genocidio llevado a cabo en esos años.
Así lo demuestran casos ventilados en estos actuados
como el de Ramón Miralles, quien presentó en su
momento un Hábeas Corpus preventivo que no impidió
su secuestro y detención ilegal o el caso de otros testigos
que denunciaron que fueron los propios magistrados de entonces
quienes le tomaron declaración ignorando sus evidentes
signos de tortura.
En el marco de los ya definidos alcances al día de
hoy de los efectos y consecuencias del genocidio, puede señalarse
la realidad actual del Poder Judicial . Y eso se nota más
claramente al contrastar la sentencia del Tribunal Oral Federal
Nº 1 de La Plata y su intención de dejar en claro
tal como lo había hecho con el caso Etchecolatz, que
en los crímenes cometidos “no estamos ante una
mera sucesión de delitos sino ante algo más significativamente
mayor que corresponde denominar ‘genocidio’”
y la evolución de muchas de las causas por terrorismo
de Estado que se llevan adelante en nuestro país. La
desidia, las trabas legales que más de una vez surgen
desde los juzgados y tribunales, dejan a las claras la vigencia
de la impunidad construida durante tantos años de claudicaciones
y traiciones oficiales.
En ese sentido, también les cabe el mismo sayo a los
fiscales, que en este caso, por ejemplo no acusaron a Von Wernich
por uno de los casos que sí mencionó la querella
–expresando que un testigo había visto con vida
a una persona desaparecida, situación que Rosenblum consideró
análoga al discurso de la dictadura cuando Videla expresaba:
“los desaparecidos no están”.
El caso Von Wernich, al igual que el de Etchecolatz, marcan
una realidad en torno a las posibles acciones y resoluciones
del Poder Judicial sobre los juicios por delitos cometidos en
la dictadura y el terrorismo de Estado. “Pronto tendremos
otro juicio – expresa Graciela Rosenblum— que a diferencia
de los mencionados, se da en un tribunal que es la antítesis
dentro de las posibles actitudes del Poder Judicial”.
Este caso, en que se llevará a juicio el caso del Prefecto
Febres, alerta Rosenblum, puede servir para obtener una “sentencia
suave” para uno de los principales referentes de la patota
de la Esma, sin poner en tela de juicio toda la estructura de
ese centro clandestino de represión “por el que
pasaron cerca de cinco mil compañeros”.
Las realidades de uno y otro juicio muestran a las claras
las posibilidades y las opciones de los magistrados frente al
terrorismo de Estado, pueden como ha ocurrido en el caso del
Tribunal Oral de la Plata profundizar sobre las causas y consecuencias
de lo acontecido en esos años intentando incluso generar
nuevos precedentes y romper algunos de los paradigmas vigentes
en materia de juzgamiento de estos hechos o continuar como caja
de resonancia y espacio de reproducción de la impunidad
construida desde la vuelta de la legalidad constitucional tomando
el rol de cómplices y garantes.
De la capacidad de organización para el reclamo y la
movilización de los sectores populares, también
depende.
Reenviado por Red Eco alternativo