Aumentan las Huelgas de Hambre en las cárceles bonaerenses

Colectivo de Comunicación Popular — Radio La Cantora

A doce días de iniciada la protesta, 20 Unidades Penales de la Provincia de Buenos Aires mantienen la medida de fuerza.

Cada vez son más los internos de diferentes unidades penales bonaerenses que se adhieren suman a la Huelga de Hambre General iniciada el pasado jueves 21 de septiembre por los internos de la Unidad Penal Nº 9 de La Plata, en reclamo por las masivas irregularidades de sus situaciones judiciales de las que son víctimas.

Al momento de iniciar las huelgas, los internos de la Unidad 9 denunciaron ante el Poder Judicial, el Legislativo y el Ejecutivo que la medida obedecía a la demora innecesaria y denotada en el agravamiento de las situaciones legales de los internos que se encuentran en esta unidad. Cabe mencionar, que a doce días de iniciadas las huelgas, el número de unidades penales, que en forma total o parcial se han sumado a la medida, asciende a 20.

La medida de fuerza nace a partir de continuos reclamos de parte de los internos por la agilización de los procesos judiciales, ya que el 70% de ellos se encuentran en condición de procesados –sin condena firme-. La mayor parte de ellos se encuentran en esta situación desde hace más de ocho años, llegando a haber casos de internos con 30 años privados de la libertad sin condena firme.

Las Unidades que se han sumado a la medida en forma total o parcial son: la Unidad Nº 1 de Lisandro Olmos; la U 6 de Dolores; U 7 de Azul; U 4 de Bahía Blanca; U 8 y 33 de mujeres; U 30 de Gral. Alvear; U 24 de Florencio Varela; 38 de Sierra Chica; 37 de Barker; U 28, U 35 y 36 de Magdalena; U 17; U 18 de Gorina; U 42 y 43; U 45 de Melchor Romero; y U 15 de Batán.

En la declaración de Huelga de Hambre, los internos diversifican el reclamo hacia los tres poderes provinciales y el Poder Legislativo Nacional.

En cuanto al Poder Judicial Bonaerense, los internos reclaman a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, la declaración de inconstitucionalidad del Art. 24 del Código Penal; y la plena y preferencial aplicación de la Ley Nacional 24.660 por sobre la Ley provincial 12.256.

El Art. 24 del C.P., cuya derogación también se reclama al Poder Legislativo Nacional, establece que: “la prisión preventiva se computará así: por dos días de prisión preventiva, uno de reclusión; por un día de prisión preventiva, uno de prisión, o dos de inhabilitación o la cantidad de multa que el tribunal fijase…”.

La correcta implementación de la Ley de Ejecución Penal Nacional Nº 24.660, en el correspondiente encuadre sobre la equiparación de reclusión a prisión, se hace imperiosa principalmente en el caso de los internos que se encuentran procesados desde antes de la reforma de 1998. Además esta Ley establece las condiciones de ejecución de las salidas transitorias de las Unidades Penales; de los regímenes de semilibertad que posibilita a los internos salir a trabajar con supervisión continua; y de la ejecución de los períodos de libertad condicional y asistida. La plena y preferencial aplicación de esta ley, se exige por sobre la Ley de Ejecución Penal Bonaerense Nº 12.256.

A la Cámara de Casación Penal de la Provincia, lo internos solicitan la realización de una serie de plenarios, sobre la Inconstitucionalidad de la Ley Provincial 12.405 (“Ley Ruckauf”) la fijación del plazo expreso para el cese de la Prisión Preventiva; y sobre los Informes técnico-Criminológicos de carácter arbitrario que realiza el Servicio Penitenciario Bonaerense.

Recordemos que la derogación de la Ley Provincial 12.405, se peticiona a partir de que esta aplicaba prisión preventiva automática a cualquier posible sospechoso de comisión de delito. Existe una reforma a esta ley, que establece los nuevos criterios vigentes para la aplicación de la prisión preventiva, pero sólo está siendo implementada por los jueces bonaerenses -quienes en su mayoría adhieren ideológicamente a las políticas de mano dura-, a los acusados de genocidio, y a los policías y oficiales penitenciarios que, acusados de asesinato, torturas, y apremios ilegales, son beneficiados con dicha reforma.

Tal situación acrecienta el profundo cuello de botella que dentro de la estructura judicial traban a perpetuidad los procesos judiciales, y que se traducen en superpoblación y condiciones degradantes de detención en la provincia de Buenos Aires a raíz de la implementación de la 12.405. Los privados de la libertad en huelga de hambre destacan que los muertos de los últimos años dentro de las cárceles bonaerenses eran procesados; y de haber gozado de una excarcelación estarían con vida. Cabe aclarar que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario.

Desde el Colectivo La Cantora, adherimos a la solicitada publicada en el diario Página/12 del sábado 3 de junio de 2006. Allí, varios organismos de Derechos Humanos como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Asociación Ex Detenidos-Desaparecidos, el CeproDH, CORREPI, FIDELA, HIJOS La Plata, la Casa de la Mujer Azucena Villaflor de La Plata – entre otros– denunciaban que a partir de estas reformas se beneficiaba a los genocidas excarcelándolos con el argumento de que no pueden estar presos más allá del tiempo razonable, invocando para ello a los Pactos Internacionales de DD.HH. –de rango constitucional a través del Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional– mientras no se aplica el mismo criterio a los miles de procesados comunes, que no han cometido delitos de lesa humanidad, pero permanecen sin condena hacinados en condiciones infrahumanas en cárceles que no son otra cosa que instrumentos de tortura y muerte.

Sin embargo, entre los beneficiados por la reforma a la Ley 12.405, podemos encontrar a los oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense de la Unidad Nº 9 de La Plata acusados de privación ilegítima de la libertad, tortura y homicidio durante la última dictadura cívico militar. Estos oficiales son: Abel Dupuy, Isabelino Vega, Víctor Ríos, Carlos Alarcón, Segundo Basualdo, Jorge Peralta, y Valentín Romero. A estos se suman Catalino Morel y Ramón Fernández que gozan del beneficio de prisión domiciliaria.

También resultaron recientemente beneficiados con esta reforma, tres oficiales de la policía bonaerense, que días atrás asesinaron a un albañil en la localidad de Ingeniero White. Los oficiales de apellido Sosa –padre y dos hijos– gozan de libertad bajo proceso. El padre había sido exonerado de la fuerza en una de las tantas “purgas” de la Bonaerense para proteger a los gatillos fáciles; los hijos son oficiales activos de la policía provincial.

Hemos denunciado ya, que los oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense, Diego Démola, Martín Marcos y el oficial Rojas, responsables de las torturas y vejaciones sufridas por nuestro compañero Fabián Sampietro en la Unidad penal Nº 45 de Melchor Romero, también han sido beneficiados por esta reforma a la ley, y no se ha efectivizado para ellos la prisión preventiva.

En cuanto a las peticiones realizadas al Poder Ejecutivo Provincial, los internos en Huelga de Hambre, reclaman un proyecto de reforma del artículo 171 de la Ley Provincial 13.449; cómo así también que se revise la forma en que se llevan a cabo los informes Técnico-Criminológicos antes citados.

El Art. 171 de la mencionada Ley, establece que: “En ningún caso se concederá la excarcelación cuando hubiere indicios vehementes de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación. La eventual existencia de estos peligros procesales podrá inferirse de las circunstancias previstas en el artículo 148.”. Es decir, el artículo que supone de antemano los peligros de fuga y entorpecimiento de las investigaciones judiciales, que el imputado pudiera instrumentar si se le concediera el beneficio de excarcelación.

Ante el Poder Legislativo Provincial se peticiona la derogación de la mencionada Ley 12.405; la modificación y reglamentación de la Ley 12.256 acorde a la Ley Nacional 24.660 y su decreto de reglamentación. A esto se agregan, la citada reforma del Art. 171 de la ley Provincial 13.449; y la creación de una Comisión Interjurisdiccional de Problemática Carcelaria.

El número de detenidos en las cárceles bonaerenses se acerca a 35.000 personas, cuyo promedio de edad no supera los 21 años. El 70 % de ellos se encuentra en situación de rehén del sistema judicial.

La Industria de la Pobreza no escatima en gastos para lograr sus propósitos. Miles de jóvenes argentinos son encarcelados por el delito de ser pobres. Cada pibe detenido le cuesta al Estado provincial una partida superior a los mil pesos, de los cuales a los detenidos llegan sólo migajas.

Las grandes masas de dinero que se movilizan a partir de la continua socialización de la pobreza, son las mismas que financian a ciertos sectores de la justicia adictos a las consignas de mano dura y militarización de las calles.

Estas misivas, sumadas a la desaparición de Julio López, son demostraciones de fuerza de la derecha integrista, católica y militarista, que añora y reivindica continuamente, la última dictadura cívico militar

Así, desde el Colectivo de Comunicación Popular Radio La Cantora:

CONVOCAMOS a todas las organizaciones y público en general, a solidarizarse en las calles, con el reclamo de los compañeros privados de la libertad.

CONDENAMOS y COMBATIMOS la Criminalización de la Pobreza.

EXIGIMOS la aparición con vida del compañero Jorge Julio López.

EXIGIMOS la continuación de los juicios a los genocidas

POR LA VIDA Y LA LIBERTAD


*Colectivo de Comunicación Popular — Radio La Cantora , Azucena Racosta (0221) 15- 4381306, Pablo Casals(011) 15- 55731109, Fabián Viegas(0221) 15- 5110318

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