El teatro comunitario tiene protección

LEY MARCO PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO COMUNITARIO

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la ley de protección, promoción y difusión del Teatro Comunitario en el ámbito de la CABA, es decir, al teatro realizado por y para vecinos, cuya integración al grupo se mantiene abierta a la comunidad y no persigue finalidad de lucro.

Se creó en el ámbito del Ministerio de Cultura el Registro de Grupos de Teatro Comunitario, conformado indistintamente por personas físicas o asociaciones civiles sin fines de lucro. Y se estableció un régimen de subsidios con el objeto de ayudar económicamente a los grupos en lo que refiere a los gastos que demanda la producción y difusión de la práctica teatral, el alquiler y mantenimiento de espacios, honorarios profesionales, así como cualquier otro concepto directamente vinculado con dicha actividad.

También se dispuso que los grupos de teatro estén eximidos del impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza -ABL, mantenimiento y conservación de sumideros, de los inmuebles directamente afectados a la práctica teatral, así como de los derechos de delineación y construcción, exclusivamente cuando se trate de construcciones o ampliaciones directamente destinadas a la actividad teatral.

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