Perpetua para el cura genocida

Por Olivier Reboursin. Liga Argentina por los Derechos del Hombre *

La condena a reclusión perpetua —por crímenes de lesa humanidad en el marco del genocidio llevado a cabo por la última dictadura militar— dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata al sacerdote Cristian Von Wernich el pasado martes 9 de octubre es sin dudas un triunfo del movimiento popular y de Derechos Humanos.

Se trata de la tercera dispuesta luego de la anulación de las leyes de “punto final” y “obediencia debida” en 2004, pero además es la primera que alcanza a un civil protagonista activo de los actos represión llevados a cabo en los años del “Proceso” y un representante de una de las más poderosas instituciones de nuestra sociedad: la iglesia católica. Frente al fallo que continúa la doctrina iniciada por el mismo tribunal con la prisión dispuesta para el ex policía Etchecolatz, la voz de la jerarquía eclesiástica se manifestó en un comunicado en que intentó “despegarse” de las acciones “individuales” del condenado sin grado alguno de arrepentimiento ni explicación por sus acciones en esos años. La articulación del movimiento de derechos humanos tanto en lo que hace a la cuestión técnica como en la movilización popular resultó fundamental a la hora de exigir el castigo del genocida.

Después de poco más de tres meses de juicio oral y público y en el marco de una causa que se reabrió hace tres años. La elevación a la instancia de juzgamiento, fue tomada por el movimiento de Derechos Humanos como la posibilidad de probar en sede judicial la responsabilidad directa no solo de Von Wernich sino de gran parte de la dirección de la iglesia en el plan criminal llevado a cabo por la dictadura de 1976—1983.

De ese modo, desde la consigna ideada por las organizaciones nucleadas en Justicia Ya! La Plata: “La impunidad tiene cura” se convocó a los espacios populares a ser parte del juicio, más allá de aquellas que fueron parte de la querella y tuvieron un rol preponderante en el proceso, y que reclamaron la condena por genocidio del sacerdote. A lo largo de estos tres meses, al igual que lo habían hecho con el caso del ex jefe de la Dirección de Investigaciones de la Policía de Buenos Aires (DIPBA), Miguel Osvaldo Etchecolatz. Justicia Ya! reiteró el carácter fragmentario e insuficiente de este juicio, reclamando una vez más “cárcel a todos los genocidas, justicia por todos los compañeros”.

Durante la dictadura, como capellán de la Policía Bonaerense, Von Wernich actuó como parte activa de las fuerzas de represión comandadas por el general Ramón Camps . Del alegato de Justicia Ya! en la parte que correspondió a la abogada de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Guadalupe Godoy surge: “Vemos finalmente el rol de Von Wernich en la ejecución y el ocultamiento posterior del delito. Allí su tarea, también en clara utilización de la confianza que generaba su carácter de sacerdote. Las cartas de los familiares dan cuenta de cómo operaba para impedir el reclamo y la búsqueda y en definitiva, la tortura que ejerció sobre ellos al mantener la esperanza, que paraliza e inmoviliza. Su conducta no era aislada sino parte del plan criminal”. Y así lo reconoció el tribunal interviniente quien calificó al cura como coautor de los delitos de homicidio, torturas y secuestros.

Las consecuencias actuales del genocidio

El juicio sirvió además para probar, tal como lo expresó Godoy en su alegato final, que lo que se vivió en la Argentina, fue “un plan sistemático —un genocidio— ya probado y cuyas consecuencias planificadas de impunidad alcanzan al día de hoy”. Y remarcó entre esas consecuencias, la asimilación por parte de la sociedad de la teoría de los dos demonios que pretendió equiparar la lucha política armada con el uso terrorista del aparato estatal, las alusiones a la supuesta existencia de una guerra en la Argentina utilizadas en el marco del juicio o más directamente, la decisión de la fiscalia de poner en duda el carácter de desaparecida de una de las víctimas que dio origen al proceso.

El caso del secuestro y desaparición de Jorge Julio López, testigo en el juicio a Etchecolatz en la misma ciudad hace un año, es parte de lo mismo. Sin dudas, el proceso legal permitió mostrar las insuficiencias y contradicciones del sistema en torno al juzgamiento, trabajo con testigos y posibilidades que ofrece para que se reproduzca e incluso en algunos casos se admita la voz de los genocidas.

En definitiva, mostró no solo en ese aspecto las limitaciones de estos juicios, ya que en las condenas si bien el tribunal condenó a Von Wernich “por delitos de lesa humanidad en el marco del genocidio que tuvo lugar en la Argentina entre 1976—1983” no aplicó la condena por genocidio específicamente, tomando el delito tipificado en el derecho internacional en virtud de que el mismo no está contemplado en una ley interna y no existe indicación de qué penas corresponden aplicar para esa tipología.

Al respecto expresó la Presidenta de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Graciela Rosenmblum “La condena ha sido una nueva condena ejemplar, aunque todavía tiene la dificultad de no ser una condena por genocidio. Uno de los planteos que la querella de Justicia Ya! hizo a través de Guadalupe Godoy fue que no es necesario tener penas establecidas, porque los delitos ya están comprendidos en el delito de genocidio contenido en la Convención Internacional”.

Y sobre la participación del Estado en el juicio, aseguró “a pesar de ser parte a través de la Secretaría de Derechos Humanos, ha sido incapaz de producir ninguna prueba significativa que permita obtener la condena” quedando en opinión de la dirigente del movimiento de Derechos Humanos, los familiares y sobre todo los sobrevivientes todo el peso de acreditar y probar el genocidio producido”.

La constante elusión de las responsabilidades de la iglesia 

“Entre las aristas del juicio, —señaló Rosenmblum— está la de la responsabilidad institucional de la iglesia y su rol en el terrorismo de Estado, como parte de su estructura. Lo que se nota a través de la acción de Von Wernich y otros que aún no han llegado a juicio”.

La declaración de la institución iglesia mostró una vez más la complicidad de su estructura con la acción del terrorismo estatal durante la dictadura. En un tibio alegato, —que muestra la ausencia de asunción de responsabilidades— intentó deslizar que las acciones de Von Wernich fueron sólo una acción personal e insistieron en que “si algún miembro de la Iglesia, cualquiera fuera su condición, hubiera avalado con su recomendación o complicidad alguno de esos hechos, habría actuado bajo su responsabilidad personal, errando o pecando gravemente contra Dios, la humanidad y su conciencia”. Su planteo, habla además de “necesidad de reconciliación”, eufemismo para poner un freno a la incansable búsqueda de memoria, verdad y justicia que a lo largo de los últimos veinticinco años han encabezado sobrevivientes del terrorismo de Estado, sus familiares y los organismos de Derechos Humanos acompañados por diversas organizaciones del campo popular.

Frente a la actitud ignominiosa de la jerarquía eclesiástica, que ni si quiera en este caso expresa palabra alguna respecto de las víctimas del terrorismo de Estado, se alzan apenas algunas voces como la del sacerdote Rubén Capitanio, quien en el marco de su testimonio en el juicio afirmó: “La iglesia fue la única madre que no reclamó por sus hijos”.

Del mismo modo otros testimonios, mostraron además la funcionalidad que tuvieron las capellanías y vicariatos castrenses y policiales en el accionar de los grupos de tareas de la dictadura, participando como en el caso Von Wernich de los propios secuestros y torturas o prestando el apoyo y la justificación moral e ideológica a los represores.

Sobre este último punto, el alegato de la querella de Justicia Ya! insistió en la necesidad de terminar con estos privilegios en tiempos de gobierno constitucional, mostrando la complicidad intelectual de estos espacios con los sectores más reaccionarios y brutales de la sociedad, sirviendo como ejemplo actual –y ejemplo también de la continuidad de las consecuencias de la ideología de la dictadura y la impunidad— el caso del vicario castrense Baseotto y su prédica antiabortista que lo llevó a expresar la necesidad de volver a los métodos del autodenominado “Proceso”.

El Poder Judicial en la picota

En el nuevo juicio quedó probada una vez más, la participación de importantes sectores del poder e instituciones de la sociedad civil en el accionar represivo de la dictadura. Del mismo modo quedó probada la complicidad y acción directa de todos los poderes del Estado, entre ellos el Judicial, en el genocidio llevado a cabo en esos años. Así lo demuestran casos ventilados en estos actuados como el de Ramón Miralles, quien presentó en su momento un Hábeas Corpus preventivo que no impidió su secuestro y detención ilegal o el caso de otros testigos que denunciaron que fueron los propios magistrados de entonces quienes le tomaron declaración ignorando sus evidentes signos de tortura.

En el marco de los ya definidos alcances al día de hoy de los efectos y consecuencias del genocidio, puede señalarse la realidad actual del Poder Judicial . Y eso se nota más claramente al contrastar la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata y su intención de dejar en claro tal como lo había hecho con el caso Etchecolatz, que en los crímenes cometidos “no estamos ante una mera sucesión de delitos sino ante algo más significativamente mayor que corresponde denominar ‘genocidio’” y la evolución de muchas de las causas por terrorismo de Estado que se llevan adelante en nuestro país. La desidia, las trabas legales que más de una vez surgen desde los juzgados y tribunales, dejan a las claras la vigencia de la impunidad construida durante tantos años de claudicaciones y traiciones oficiales.

En ese sentido, también les cabe el mismo sayo a los fiscales, que en este caso, por ejemplo no acusaron a Von Wernich por uno de los casos que sí mencionó la querella –expresando que un testigo había visto con vida a una persona desaparecida, situación que Rosenblum consideró análoga al discurso de la dictadura cuando Videla expresaba: “los desaparecidos no están”.

El caso Von Wernich, al igual que el de Etchecolatz, marcan una realidad en torno a las posibles acciones y resoluciones del Poder Judicial sobre los juicios por delitos cometidos en la dictadura y el terrorismo de Estado. “Pronto tendremos otro juicio – expresa Graciela Rosenblum— que a diferencia de los mencionados, se da en un tribunal que es la antítesis dentro de las posibles actitudes del Poder Judicial”.

Este caso, en que se llevará a juicio el caso del Prefecto Febres, alerta Rosenblum, puede servir para obtener una “sentencia suave” para uno de los principales referentes de la patota de la Esma, sin poner en tela de juicio toda la estructura de ese centro clandestino de represión “por el que pasaron cerca de cinco mil compañeros”.

Las realidades de uno y otro juicio muestran a las claras las posibilidades y las opciones de los magistrados frente al terrorismo de Estado, pueden como ha ocurrido en el caso del Tribunal Oral de la Plata profundizar sobre las causas y consecuencias de lo acontecido en esos años intentando incluso generar nuevos precedentes y romper algunos de los paradigmas vigentes en materia de juzgamiento de estos hechos o continuar como caja de resonancia y espacio de reproducción de la impunidad construida desde la vuelta de la legalidad constitucional tomando el rol de cómplices y garantes.

De la capacidad de organización para el reclamo y la movilización de los sectores populares, también depende.


Reenviado por Red Eco alternativo

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