Un tribunal porteño remite actuaciones a la CSJ de la Nación invocando la autonomía de la Ciudad

La justicia porteña remitió una causa iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra Gas del Estado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La titular del juzgado nº 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Cecilia Mólica Lourido, resolvió en ese sentido a pesar que la Ciudad había admitido la competencia federal en un caso de ejecución fiscal en los autos caratulados “GCBA contra Estado Nacional – Ministerio de Economía sobre Ejecución Fiscal Exp. 53327/2013”, en los que el GCBA reclamaba una suma adeudada por la empresa en concepto de gravamen de patentes en los años 2007 al 2011.
“Aceptar que la Ciudad sea juzgada por un tribunal federal de primera instancia es, sin dudas, menoscabar su autonomía” sostuvo la magistrada.
La jueza dijo que “aun admitiendo que la Ciudad de Buenos Aires no es estrictamente una provincia, lo cierto es que en el estadio actual de consolidación de sus instituciones autónomas, no se le puede dar el mismo trato que a cualquier persona jurídica, sin lesionar sus potestades jurisdiccionales y, consecuentemente, su autonomía”.
“En este estado de situación, la única solución que se presenta como respetuosa y conciliadora del privilegio que posee el Estado Nacional demandado al fuero federal –el cual, cabe remarcar, no ha sido puesta en duda- con el status jurídico que le otorga el artículo 129 de la Constitución Nacional a la Ciudad de Buenos Aires es remitir las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que entienda en instancia originaria”, expresa la magistrada.
También señala que “la solución propiciada en oportunidades anteriores se ve ahora convalidada con el reciente dictado de dos fallos que modifican la tradicional doctrina de la Corte sobre la materia aclarando que no se desconocía que la doctrina de la mayoría de la Corte vigente en aquel entonces entendía que la Ciudad de Buenos Aires no era una provincia argentina y, en consecuencia, no le asistía derecho a acceder a su instancia originaria”.
Por ello la magistrada resalta “que en el actual proceso de consolidación de las Instituciones autónomas de la Ciudad de Buenos Aires y de acuerdo al status que le otorga el artículo 129 de la Constitución Nacional, lo más adecuado es reconocer su calidad de sujeto federal con las mismas facultades inherentes a la autonomía que poseen las provincias”.

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