Enmiendan polémico artículo del DNU: se podrá recetar marcas comerciales y permite vender fuera de farmacias sólo analgésicos y antiácidos

Según detallaron fuentes de la cartera sanitaria, “como resultado del diálogo con los distintos sectores, se avanzó en la definición de las especificaciones sobre la prescripción de medicamentos y su comercialización”. Los profesionales de la salud facultados a prescribir especialidades medicinales deberán consignar el nombre genérico o denominación común