Comunas: una asignatura pendiente

La división política y administrativa de la Ciudad de Buenos Aires es un mandato constitucional incumplido. Después de casi una década de sancionada la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en 2005 los legisladores de la Ciudad acordaron el texto de una ley que resolvería la cuestión. La Ciudad se parceló en quince comunas, con un criterio que aglutinó barrios bajo el parámetro único de cantidad de habitantes. Así, la cartografía resultante es consecuencia de que en cada comuna vivan alrededor de 200 mil personas, una división que los legisladores consideraron electoralmente democrática: cuando se sancionara la ley electoral complementaria para las Comunas ya habría una base electoral equitativa.

Podría argumentarse que el artículo 127 de la Constitución de la Ciudad los obligaba a “garantizar el equilibrio demográfico” de las unidades resultantes de la división, como así también “considerar aspectos urbanísticos, económicos, sociales y culturales” Los términos “equilibrio demográfico” no implican igual cantidad de habitantes, necesariamente.

Esto resulta importante a la luz de la asignación de recursos. Veamos por qué.

A las comunas se les dejará administrar el 5% del presupuesto de la Ciudad, que repartido entre quince da un 0,33% para cada una. Este año, con un presupuesto de 16 mil millones para la Administración central, las comunas hubieran recibido apenas 80 millones cada una. El barrio de Palermo quedó como comuna por tener la cifra especificada de 200 mil habitantes y el reducto de Recoleta y aledaños también se constituyó en comuna única. Por contrapartida, en el postergado Sur, la Comuna 4 abarca La Boca, Barracas, Parque Patricios y Pompeya, una superficie muy extensa de barrios con altos niveles de necesidades básicas insatisfechas y estadísticas adversas en materia de educación, salud, empleo, infraestructura, etc. La situación es aún peor para la Comuna 8 (Villa Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati). En principio, una vez constituidas, todas recibirán una porción igual del presupuesto.

Consolidación de las desventajas

Como se ve, las desventajas vuelven a regir para el Sur de la Ciudad tras un dibujo legislativo ahistórico y sin criterio territorial alguno.

Sin embargo, el artículo 17 de la ley de Comunas prevé que “las partidas que el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Ciudad asigna a las Comunas, se distribuyen entre ellas teniendo en cuenta pautas de equidad”. Los legisladores soslayaron tanto un Fondo de Reparación Histórica para el Sur que fuera parte constitutiva de la ley, como una ecuación que tuviera en cuenta las desventajas emanadas de la mayor extensión territorial o si se quiere la menor densidad poblacional.

Idearon, en cambio, un Consejo de Coordinación Intercomunal, presidido por el Jefe de Gobierno e integrado por los “Presidentes/as de cada una de las Juntas Comunales”. Su misión, dice la ley, es elaborar “una matriz presupuestaria basada en indicadores sociales, culturales, económicos, ambientales, demográficos y urbanísticos que permitan generar criterios de distribución y compensación de las diferencias estructurales existentes entre los distintos barrios y zonas de la Ciudad”. Esa matriz presupuestaria podrá ser revisada “al menos” cada cinco años.

Nos preguntamos: ¿Que justicia distributiva puede esperarse de una entelequia en la que quince representantes de las comunas –probablemente de diferentes signos políticos– pelearán por una mayor porción de la torta presupuestaria? Los legisladores le han asignado a las partes el rol de jueces. Tampoco se expidieron acerca de cómo se resolverán los conflictos de intereses entre los participantes.

A pesar de todas estas aberraciones y el escaso poder real que tendrán las autoridades de las Comunas, todos los gobiernos de la Ciudad Autónoma le han esquivado el bulto al mandato constitucional. Macri no es la excepción, desde luego. Han temido y temen la confrontación que podría resultar de instalarse autoridades comunales de signo político diverso al central. Las autoridades comunales tendrán una legitimidad que emana de su carácter constitucional. No será lo mismo confrontar con ellas en el futuro como ha sido hasta ahora enfrentar conflictos provenientes de organizaciones de la sociedad civil y representaciones vecinales inorgánicas. Pongamos por caso, si la junta Comunal y el Consejo consultivo ad honorem decidieran llamar la atención mediática con un corte de calles ¿les enviaría Macri a Palacios para que lo disuelva por la fuerza como ha prometido hacer su Ministro de Seguridad Montenegro en estos días con los piquetes?

Hay que admitir, finalmente, que no existe presión social por la puesta en marcha de las Comunas y en ese sentido el tiempo corre a favor de las autoridades y la dirigencia política refractaria al cambio.

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