CONTAMINACIÓN POR PCB: PROCESAN A EMPLEADOS DE EDENOR Y A FUNCIONARIOS (PARTE I)

Por antonio Brailovsky

En un momento en que parecen haberse olvidados los riesgos que provoca esta sustancia tóxica, cuya fabricación está prohibida desde hace muchos años, es interesante segur los diferentes pasos de una investigación que concluye procesando a los principales responsables de la contaminación y a quienes debían controlarlos y no lo hicieron.

A pesar del formato judicial, el texto tiene una tensión narrativa que facilita su lectura.

La investigación demuestra unos niveles de negligencia sorprendentes, teniendo en cuenta que el PCB es una sustancia reconocida como peligrosa y de fabricación prohibida en el mundo desde hace muchos años.

El entonces Presidente del ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) informa a la opinión pública y al Juzgado con la mayor seguridad que no hay PCB en los transformadores. ¿Cómo se entera? Porque la empresa se lo dice y él les cree, sin verificarlo. En su descargo agrega que tiene 8 personas para inspeccionar 23 mil transformadores.

La Auditoría General de la Nación señala que: “el ENRE mostró una acción negligente, al demorar 6 años en solicitar la actualización a los agentes a efectos de conocer la existencia de PCB en poder de los mismas. No se encontró evidencia documentada de requerimientos por parte de Ente entre los años 1994-1999”.

El Presidente de EDENOR se entera 9 años después de recibida la concesión (y por un programa de televisión) que tiene transformadores con PCB. Dice que en 9 años no se le ocurrió revisar ni siquiera una muestra de ellos.

Al ordenar los procesamientos, el juez señala:

Lo que se tiene por probado:

En esta causa está probado que:

a. Hay presencia de PCBs en la tierra (suelo y el agua).

b. Los transformadores de la empresa EDENOR SA contenían y contienen PCBs en distintas concentraciones.

c. El mantenimiento de dichos transformadores no fue el adecuado, puesto que existieron averías que permitieron el derrame de su líquido refrigerante (que es el que contiene PCBs) y hasta el incendio de dichos transformadores.

d. El derrame del contenido líquido de dichos transformadores se desparramó sobre el suelo y percoló a la napa de agua.

e. El incendio de transformadores con contenido de PCBs, por combustión de este elemento químico, libera “dibenzoparadioxinas”, que potencian el carácter cancerígeno de los PCBs.

f. Hubo y siguen existiendo transformadores que contienen PCBs como sustancia refrigerante, en el ámbito territorial al cual se circunscribió esta investigación.

g. Lo antes expuesto fue negado por la autoridad de control (Ente Nacional Regulador de la Energía) y por la empresa (Empresa Distribuidora de Energía Norte SA).

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN JUDICIAL (1ra. parte)

Campana, 24 de Mayo de 2005.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa que lleva el numero 2512 “AVERIGUACIÓN PRESUNTA INFRACCIÓN A LA LEY 24.051”, del registro de la secretaria penal 4, en derechos humanos y cuestiones complejas de este Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, respecto a las situaciones procesales de:

a) FRANCISCO FERNANDO PONASSO, cedula de identidad número 4.421.716, de estado civil casado, de profesión Contador Publico Nacional y Licenciado en Administración de Empresas, instruido, de 60 años de edad, nacido el 25 de junio de 1943 en Capital Federal, domiciliado en Azopardo 1025 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Francisco y de Berta Juana José;

b) HENRI LAFONTAINE, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 99XB71466, de estado civil casado, de profesión Ingeniero, instruido, de 46 años de edad, nacido el 6 de enero de 1957 en Toulón, Francia, domiciliado en Azopardo 1025 de Capital Federal y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Luis y de Ambroggiai Jeaine;

c) YVES DESROUSSEAUX, Pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 2001/1262, de estado civil casado, de profesión Ingeniero, instruido, de 59 años de edad, nacido el 22 de noviembre de 1944 en Orán, Argelia, domiciliado en Avenida Madero 900, piso 22 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Antoine y de Jeanne Besene;

d) EDUARDO VICH, Documento Nacional de Identidad número 4.292.238, de estado civil casado, de profesión Operador Técnico, instruido, de 64 años de edad, nacido el 4 de junio de 1939 en Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en León Gallo y Balbastro de San Justo, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de José y de Ana Maria González;

e) JUAN CARLOS CASSAGNE, Documento Nacional Identidad número 5.512.460, de estado civil casado, de profesión Abogado, instruido, de 65 años de edad, nacido el 2 de diciembre de 1937 en San Nicolás de los Arroyos, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en Reconquista 360, piso 6 de Capital Federal y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Juan Carlos y de Maria Gómez Balado;

f) HUGO RICARDO PENTENERO, Documento Nacional de Identidad número 7.60.831, de estado civil casado, de profesión Contador Publico Nacional, instruido, de 55 años de edad, nacido el 20 de abril de 1948 en Capital Federal, domiciliado en 25 de Mayo 476, piso 8 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 222, casillero 577 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de José Matías y de Ángela Arcuri;

g) RICARDO FLAMMINI, Documento Nacional de Identidad número 4.351.316, de estado civil casado, de profesión Contador Publico Nacional, instruido, de 52 años de edad, nacido el 25 de agosto de 1948 en Capital Federal, domiciliado en Cramer 147 de Bernal, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en French 478 de Campana, provincia de Buenos Aires, hijo de Luis y de Ricarda Álvarez;

h) HENRI MARCEL ROGER DUCRE, pasaporte de la República de Francia número 01BA66372 9, de estado civil casado, de profesión Director de la compañía Electricité de France, instruido, de 47 años de edad, nacido el 14 de abril de 1956 en Alencon, Francia, domiciliado en Arribeños 1436 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Roger y de Aenes Langlais;

i) EMILIO JOSE CARDENAS, Libreta de Enrolamiento número 4.391.700, de estado civil casado, de profesión Abogado, instruido, de 61 años de edad, nacido el 13 de agosto de 1942 en Capital Federal, domiciliado en Arroyo 1180 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Emilio y de Mercedes De Escurra;

j) JAVIER ANTONIO GONZALEZ FRAGA, Libreta de Enrolamiento número 5.274.802, de estado civil casado, de profesión Economista, instruido, de 55 años de edad, nacido el 12 de mayo de 1948 en Capital Federal, domiciliado en Scalabrini Ortiz 3570 de Capital Federal y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Marcial Vicente González y de Maria Fraga;

k) DANIEL JOSE LELLO, Documento Nacional de Identidad número 12.290.237, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Electromecánico con orientación eléctrica, instruido, de 47 años de edad, nacido el 25 de julio de 1956 en Florida, partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en Azopardo 1025 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 478 de Campana, provincia de Buenos Aires, hijo de Jaime y de Esperanza Hermida;

l) JULIO ADALBERTO MARQUEZ, Documento Nacional de Identidad número 11.429.445, de estado civil divorciado, de profesión empleado de EDENOR S.A., instruido, de 49 años de edad, nacido el 31 de octubre de 1954 en Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en Azopardo 1025 de Capital Federal y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Julio Víctor y de Ana Teresa Olibra;

m) LUCIANO PIRONIO, Documento Nacional de Identidad número 13.436.588, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Mecánico, instruido, de 46 años de edad, nacido el 23 de agosto de 1957 en Capital Federal, domiciliado en Chacabuco 450 de Pilar, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Arturo y de Rosa Bernardis;

n) NORBERTO ANTONIO GONZALEZ, Documento Nacional de Identidad número 7.728.261, de estado civil casado, de profesión Ingeniero, instruido, de 61 años de edad, nacido el 26 de julio de 1942 en Avellaneda, domiciliado en Avenida Madero 900, piso 22 de Capital Federal y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Ramón Gilberto y de Mercedes Guerrero;

o) EDUARDO JAVIER ROMERO, Documento Nacional de Identidad número 7.826.180, de estado civil casado, de profesión Abogado, instruido, de 54 años de edad, nacido el 12 de junio de 1949 en Capital Federal, domiciliado en Reconquista 360, piso 6, de Capital Federal y con domicilio constituido en Mitre 1362, casillero 68, de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Eduardo y de Rosa Carlota Curto;

p) MARIO JOSE GUARAGNA, Libreta de Enrolamiento número 4.438.203, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Civil, instruido, de 59 años de edad, nacido el 14 de septiembre de 1954 en Capital Federal, domiciliado en Segurota 211 de Boulogne, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Nicolás y de Andreina Valsecchi;

q) CRISTIAN ROLLAND NADAL, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 03EC81812, de estado civil casado, de profesión Vicepresidente de la Compañía Electricité de France (Compañía Eléctrica de Francia), instruido, de 51 años de edad, nacido el 3 de mayo de 1952 en Aumale, Argelia, domiciliado en 153 rue l’université, Paris, Francia y con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Auguste y de Alice Vizouernt;

r) PATRICE MEES, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 02ZF18611, de estado civil casado, de profesión Ejecutivo, instruido, de 58 años de edad, nacido el 5 de septiembre de 1945 en Paris, Francia, domiciliado en La Grande Serpentine Gouvieux, 60270 de Paris, Francia y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Auguste y de Renée;

s) CHRISTIAN PARIS, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 02RE16259, de estado civil casado, jubilado, instruido, de 60 años de edad, nacido el 25 de agosto de 1943 en Saint Gery, con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Adolphe y Ivonne;

t) BO GOSTA KALLSTRAND, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 23202310, de estado civil casado, de profesión Ejecutivo, instruido, de 55 años de edad, nacido el 18 de enero de 1949 en Vasteras, Suecia, con domicilio constituido en French 478 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Kart Gosta Harry y de Berglund Anne Marie;

u) JOSE MANUEL CALDERERO, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número 03EB63856 1, de estado civil casado, de profesión Director de Empresa, instruido, de 53 años de edad, nacido el 26 de noviembre de 1950 en Salamanca, España, domiciliado en 496 Rue Bois Guillanme (76230) Francia y con domicilio constituido en Dorrego 591, casillero 37 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de José Manuel y de Saturnina Calderero;

v) ALBERTO LÓPEZ GARCÍA, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número X021553, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Industrial, instruido, de 54 años de edad, nacido el 27 de enero de 1950 en Madrid, España, domiciliado en Orfeo 17 (28022) de Madrid, España y con domicilio constituido en Mitre 1362, casillero 68 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Alberto y de Mercedes;

w) JESÚS BURILLO ANDREU, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número Q103479, de estado civil casado, de profesión Economista, instruido, de 55 años de edad, nacido el 15 de octubre de 1948 en Oliete, Provincia de Teruel, España, domiciliado en Rivera Loira 60 de Madrid, España y con domicilio constituido en Mitre 1362, casillero 68 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Marino y de Visitación;

x) ALFREDO LLORENTE LEGAZ, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número Q463588, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Industrial, instruido, de 59 años de edad, nacido el 5 de marzo de 1945 en Soria, España, domiciliado en Cisne Dos, San Sebastián de los Reyes, Madrid, España y con domicilio constituido en Mitre 1362, casillero 68 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Alfredo y de Isabel;

y) RAMÓN VÁZQUEZ GONZÁLEZ, pasaporte de la Comunidad Económica Europea número RE009801133, de estado civil casado, de profesión Ingeniero, instruido, de 52 años de edad, nacido el 15 de diciembre de 1951 en Cañaveral de León, Huelva, España, domiciliado en Rivera de Loria 60 de Madrid, España y con domicilio constituido en Mitre 1362, casillero 68, de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Ramón y de Presentación;

z) JUAN ANTONIO LEGISA, Documento Nacional de Identidad número 4.575.735, de estado civil casado, de profesión Ingeniero, instruido, de 62 años de edad, nacido el 19 de noviembre de 1940 en Tigre, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en Avenida Caseros 430, primer piso, departamento “B” de Capital Federal y con domicilio constituido en French 222, casillero 1039 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Juan y de Juana Skonina;

aa) MARIA CRISTINA MASSEI, Documento Nacional de Identidad número 6.032.201, de estado civil soltera, de profesión socióloga, instruida, de 54 años de edad, nacida el 10 de enero de 1949 en Capital Federal, domiciliado en Avenida Madero 1020 de Capital Federal y con domicilio constituido en French 222, casillero 1039 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hija de Julio y de Ángela Celia Cerizola;

bb) RICARDO EUSEBIO RODRÍGUEZ, Documento Nacional de Identidad número 7.742.605, de estado civil casado, de profesión Abogado, instruido, de 59 años de edad, nacido el 29 de diciembre de 1943 en Capital Federal, domiciliado en calle 496 numero 2892 de Gonnet, La Plata, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en Güemes 1047 de Campana, Provincia de Buenos Aires, hijo de Eusebio y de Ángela Carmen Bosa;

cc) OSCAR ERMELINDO MASSEI, Documento Nacional de Identidad número 6.556.437, de estado civil casado, de profesión Abogado y actual integrante del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Neuquen, instruido, de 58 años de edad, nacido el 27 de septiembre de 1945 en Monte Buey, Provincia de Córdoba, domiciliado en Río Mocoretá 611 de Neuquen y con domicilio constituido en los Estrados del Tribunal, hijo de Ermelindo Juan y de Ana Matellicane;

dd) CARLOS EUGENIO GARAT, Documento Nacional de Identidad número 12.258.279, de estado civil casado, de profesión Químico, instruido, de 47 años de edad, nacido el 17 de enero de 1956 en Capital Federal, domiciliado en Cuba 1 D, Fátima, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires y con domicilio constituido en Sarmiento 320, piso 1, departamento “A” de Campana, provincia de Buenos Aires, hijo de Carlos Roberto y de Corina Emilia De Simone; de la que

RESULTA:

La hipótesis de la presente investigación se centra en la posible alteración del suelo, el agua y la atmósfera (aire), de un modo peligroso para la salud, con los alcances y responsabilidades que en párrafo aparte se tratará, con la sustancia genéricamente denominada PCB o Bifenilos Policlorados.

La acción descripta se habría materializado al registrarse episodios que dieron cuenta del deficiente mantenimiento y/o conservación de los trasformadores de electricidad que la Empresa Distribuidora de Energía Norte Sociedad Anónima (EDENOR SA) instalados en las localidades de Del Viso y Manuel Alberti del Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. En muchos de los casos dichos aparatos eléctricos presentaron fallas o averías, principalmente en las cubas de contención del líquido que esos equipos utilizan como refrigerantes, ocasionando ello que la sustancia se libere al medio ambiente.

El refrigerante en muchos de los casos contenía la sustancia (PCBs) “askarel”, como se la identifica comercialmente para este tipo de utilidades, sustancia que se encuentra incluida en el anexo Iº de la Ley 24.051 bajo la categorización de Y 10.

También influyó negativamente en el ambiente los incendios que respecto de tales equipos se registraran, siendo que la combustión de la sustancia refrigerante – con contenido de PCBs – importa la generación de dibenzoparadioxinas – categorización Y44, anexo Iº, Ley 24.051, elemento este de extrema toxicidad y peligrosidad no sólo para el ambiente sino también para la diversidad de los seres vivos que resultaren expuestos a los gases generados con motivo de la combustión de este tipo de residuo peligroso.

Los episodios que dieron cuenta de lo hasta dicho hasta aquí, particularmente relacionados con el deficiente mantenimiento de los equipos eléctricos, se mencionarán a continuación, especificándose asimismo los sitios en los cuales fue posible determinar la liberación de bifenilos policlorados al medio ambiente y por ello la consiguiente afectación peligrosa del mismo:

Fue así que se ha constatado con grado de prueba judicial lo siguiente:

a) Con el informe glosado a fojas 39 se dejó constancia que el día 9 de agosto de 2000, aproximadamente a las 14:30 horas, se registró un pérdida del líquido refrigerante contenido en el trasformador número 22849-7, ubicado sobre la plataforma 11844, sita en Sócrates entre Ituzaingó y Maza de Del Viso, Provincia de Buenos Aires.

b) Con el escrito agregado a fojas 10/13 del principal, el Defensor del Pueblo de Pilar, que incorpora los resultados de los análisis del agua de consumo del domicilio ubicado en Maza 5569 de Del Viso, Provincia de Buenos Aires (familia Lorenzo). Esta actividad dio como resultado la obtención de las muestras identificadas como 997 (precinto 1880) y 998 (precinto 1564) correspondiente al agua de una de las canillas de la casa y la número 999 (1827) tomada de la bomba de profundidad instalada en el patio de dicho domicilio.

c) Extracción de muestras de tierra obtenidas el día 12 de junio del año de 2000 de abajo del trasformador de electricidad ubicado en Masa 5565 de Del Viso, Provincia de Buenos Aires (acta agregada a fojas 16 del legajo de documentación aportada por el Defensor del Pueblo de Pilar). Esta muestras se identificó con el número 1000 (precinto 1546), habiendo sido sometida a análisis en el Laboratorio Dr. Rapela S.A., siendo que ello arrojó como resultado la determinación de 0.02 partes por millón (ppm) de PCBs.

d) Análisis de la muestra 1001 consistente en material sólido (tierra) obtenida de abajo del transformador que se ubicó sobre los postes 11833, Dadove y Unamuno de Del Viso, el día 11 de junio de 2000 (acta de fojas 19 del Legajo de documentación aportada por el Defensor del Pilar). Esto arrojó como resultado la detección de 0.03 ppm de PCBs (ver fojas 66 mismo legajo).

e) Muestra de tierra bajo el trasformador que se encontrara sostenido mediante los postes identificados con el número 11844 y que se ubicara en Sócrates entre Maza e Ituzaingó de Del Viso, Provincia de Buenos Aires, muestra identificada como 1002, obtenida el 12 de junio de 2000. El análisis realizado en el Laboratorio Dr. Rapela S.A., dio como resultado el hallazgo de 0,12 ppm en la misma (ver fojas 66 del legajo ya referido).

f) En la declaración testimonial de Marcela Alejandra Legizamón (fojas 58/58 vuelta del principal), se dejó constancia de las reiteradas explosiones que se registraran respecto del transformador instalado frente al domicilio de la calle Hipólito Irigoyen 159 de Manuel Alberti Provincia de Buenos Aires.

g) Con el escrito de fojas 194/197 se dejó constancia de la explosión registrada respecto del equipo existente sobre los postes 11085, ubicados frente al domicilio de Hipólito Irigoyen (ex. Santa Rosa) 163. Este episodio, según lo manifestado por Osvaldo Oscar Poli, produjo el derrame de una sustancia oleosa que afectó, no solo el frente de su vivienda, sino también partes de su cuerpo toda vez que en ese momento el nombrado se encontraba en proximidades del equipo eléctrico que sufriera el siniestro. Según constancias del legajo, dicho equipo poseía una concentración de 43,3 ppm de PCBs.

h) A fojas 198/201 se agregó la presentación de Ana Zulma Herrera. En ella da cuenta que a unos veinte metros de su domicilio, sito en Lisandro de la Torre 5500, entre Jacques y Sócrates de Del Viso, se hallaba instalado un trasformador individualizado con el número 9410.324, sostenido por las columnas identificadas con los números 11856. Según relató la nombrada dicho trasformador explotó en el mes de mayo de 2000, episodio que importó que se derramara a la vía pública una sustancia oleosa que luego fue limpiada por personal de la empresa EDENOR SA.

i) Análisis de la muestra de agua extraída del domicilio de Sofía Guinzburg realizado en el laboratorio SIANCO. Este estudio arrojó una concentración de 60 ug/l de PCBs en agua (ver fojas 41 legajo de documentación aportado por la querella y fojas 377/380 del cuerpo principal).

j) Se detectó la presencia de PCBs en las siguientes muestras: 1) la identificada como muestra 1199 A correspondiente a agua extraída a una profundidad de 24 metros del domicilio ubicado Necochea 1258. Arrojó como resultado la determinación de 0,45 ppm de PCBs en la muestra. 2) La número 1200 A, extraída de pozo a una profundidad estimada de 60 metros del domicilio de la calle Sócrates 1118 de Del Viso. El agua contenía 0,16 ppm de PCBs. 3) Agua obtenida a una profundidad estimada de 60 metros del domicilio ubicado en Ruta Nacional 8 y Ruta provincia 26, perteneciente a la Cooperativa de Teléfonos de Pilar. Se estableció la existencia de 0,41 ppm de PCBs en esa muestra que se registró con el número 1201. En todas las muestras se identificó Aroclor 1232 (ver fojas 60/61 del legajo de documentación acompañado por la querella).

k) Muestras recibidas el 14 de agosto y 1 de septiembre de 2000 en el laboratorio INDUSER, que fueran enviadas para determinación de PCBs a solicitud de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires. Las muestras se tomaron los 23 y 24 de agosto de 2000, consistiendo en muestra sólida (tierra) bajo trasformador, la registrada bajo el protocolo de análisis 17679. Dio una valor de 7.41 mg/kg de bifenilos policlorados (PCBs) en la misma. La que originó el protocolo de análisis 17680, consistente en hisopado de riel de soporte de trasformador. Se informó la existencia de 3.65 mg/kg de bifenilos policlorados en la muestra. Muestra utilizada para la producción del protocolo de análisis 17567 que consistió en suelo que arrojó como resultado la existencia de 2.17 mg/kg de la sustancia que nos ocupa. Todas las muestras fueron analizadas según método EPA 8080 (fojas 62/64 del legajo de documentación aportado por la querella).

l) Con el acta de fojas 932 y declaraciones de fojas 933/933 vuelta, ambos del principal, se dejó constancia que el día 19 de agosto de 2002, aproximadamente a las 04:55 horas, se incendió el trasformador de electricidad Vasile identificado como “Villa del Carmen” – con contenido de PCBs -, ubicado en Argerich al 1265 aproximadamente del Barrio Villa del Carmen, Del Viso, aparato que se encontraba sostenido por los postes identificados con el numero 11835. Esto fue declarado, bajo juramento, por Emilia Graciela Peloso e Isabel Castillo, habiendo asimismo constatado el suscripto, personalmente, que en el libro de guardia del cuartel de bomberos de voluntarios de Del Viso, existían asentados dos comunicaciones telefónicas mediante la cual se alertó de esta situación, como así también el desplazamiento de personal de bomberos hacia el lugar del siniestro. Se declaró que del trasformador salían llamaradas de importante magnitud, siendo que con posterioridad a ello el equipo fue reemplazado por número 1784689. Por su parte el aparato incendiado fue retirado y depositado en el predio que la empresa EDENOR utiliza en Ruta 28, kilómetro 4 de la localidad de General Rodríguez, Provincia de Buenos Aires.

m) Explosión y posterior incendio del transformador ubicado a unos 25 metros aproximadamente del domicilio de Verónica Rebollo (Sócrates 1116 de Del Viso, Provincia de Buenos Aires). La declaración de fojas 1350 del principal da cuenta de ello cuando se manifiesta que dicho equipo eléctrico se incendió en varias ocasiones. Asimismo se dijo también que se registraron explosiones respecto de ese aparato con posterioridad a que el mismo fuera examinado por personal de Gendarmería Nacional.

n) Derrames registrados respecto de los transformadores 11757 “Ciprés”, ubicado en Avenida Illia km. 49,500 y los Alerces; del 11038 “Añatuya”, instalado en Avenida Perón y Rivadavia y el 11265 “Capilla” existente en De la capilla y El Ruiseñor. Según lo declarado por Claudio Augusto Fontana a fojas 1464/65, estos trasformadores presentaban pérdidas de su líquido utilizado como sustancia refrigerante. Al respecto la Secretaría de Protección del Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Municipalidad de Pilar informa a fojas 1701/02 haber infraccionado a uno de esos equipos por infringir la Ordenanza municipal 02/02 relacionada con la Prohibición de Compuestos Orgánicos Persistentes COP’s.

ñ) El 10 de mayo de 2003 al cumplirse la inspección ocular ordenada por este Tribunal respecto del estado de las cubas de contención del líquido refrigerante utilizado por los trasformadores de EDENOR SA instalados en las localidades de Del Viso y Manuel Alberti, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, se registraron los siguientes episodios (ver fojas 1/25 del legajo formado por ello):

1. Equipo eléctrico de la plataforma número 11832, capacitor identificado como GNF” sobre la plataforma número 05141, trasformador Edenor número 24607, trasformador sobre plataforma 11859, trasformador eléctrico sobre plataforma 11831 con una concentración de 66 ppm de PCB, trasformador eléctrico sobre la plataforma 11855, trasformador de la plataforma 11840 conteniendo 5,3 ppm de PCB, trasformador Edenor 51536-4 sobre la plataforma 11850 contaminado con 48,1 ppm de PCB, y el trasformador sobre la plataforma 11837; poseen sus respectivas cubas con manchas semejantes a derrames de aceites y/o severas corrosiones.

2. El trasformador que se encuentra sobre la plataforma 11859 denominado “Paternidad” presenta una mancha circular sobre el césped justo debajo del trasformador de referencia de color amarillo, mientras que el resto del césped posee su color natural.

3. En el trasformador que se encuentra sobre la plataforma 11855 de nombre “Proyecto”, se aprecia que existe una pequeña vegetación alrededor del poste que sostiene al trasformador de referencia, esta vegetación se encuentra ubicada justo debajo de la canilla de la cuba habiendo en el pasto una mancha que perdió su color debido a la constante percolación de lixiviados.

4. En el transformador que se encuentra sobre la plataforma numero 11085 se observa que debajo de la misma no existe vegetación o césped pero si a los costados del respectivo trasformador. Este equipo posee una concentración de 45,4 ppm de PCB.

5. En el trasformador sobre la plataforma numero 11836 se visualiza que sobre toda la superficie de la cuba existe impregnación de sustancia de color oscura y debajo de la base inferior externa de la misma se observan pequeñas burbujas. Este equipo concentra la cantidad de 4,6 ppm de PCBs.

Lo antes narrado se apoya en los elementos probatorios que hasta el momento se incorporaron al expediente.

Conforme las directivas ordenatorias del Superior y por la voluminosidad del expediente, se formaron diferentes legajos en los que se fueron incorporando las actuaciones relativas a diferentes cuestiones. Por razones de prolijidad se mencionarán a continuación las pruebas, separándose el cuerpo principal de los distintos legajos que corren por cuerda

A. CUERPO PRINCIPAL:

1) Decreto de fojas 1 mediante el cual se ordena llevar adelante investigación penal en relación a los hechos que públicamente fueran difundidos por el programa televisivo “TELENOCHE INVESTIGA”.

2) Denuncia del Defensor del Pueblo de Pilar, Marcelo Fernández, mediante la cual expone hechos de contaminación ambiental cometidos por los responsables de la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte SA (EDENOR), en el barrio Villa del Carmen, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. Si bien dicha denuncia ingresó con el número 2513, al guardar relación con este legajo, se ordenó su acumulación material.

3) A fojas 39 obra el informe actuarial mediante el cual se dejó constancia de la pérdida del líquido refrigerante contenida en el trasformador 22849-7, ubicado sobre la plataforma 11844, sita en Sócrates, entre Maza e Ituzaingó de la localidad de Del Viso, Provincia de Buenos Aires.

4) Se incorporó a fojas 45 la solicitada periodística publicada a solicitud del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), mediante la cual dicho organismo niega la existencia de trasformadores con refrigerantes que contengan PCBs en la vía pública en toda el área de concesión. Que la sustancia refrigerante de los mismos está compuesta por aceite mineral, libre de PCB. Que la utilización correcta y regular de PCB al igual que con respecto a otras sustancias peligrosas no ocasiona daños a los salud. Que se realizaran seguimientos continuos del adecuado manejo ambiental de los PCB como parte de los Planes de Gestión Ambiental de todas las empresas del Sector Eléctrico. Que el ENRE ha realizado análisis por intermedio del Laboratorio de Alta Tensión del Instituto de Investigaciones Tecnológicas para Redes y Equipos Eléctricos de la Universidad Nacional de La Plata en los trasformadores de la zona donde se produjeron reclamos de vecinos en el Partido de Pilar, determinándose la inexistencia de PCB en la materia refrigerante de los mismos.

5) Denuncia de Marcela Alejandra Leguizamón incorporada a fojas 58/58 vuelta por la cual expone hechos relacionados con las presentes actuaciones. En la oportunidad hizo mención a reiteradas explosiones que de produjeran en el trasformador de electricidad existente frente al edificio sito en Hipólito Irigoyen 159 de Manuel Alberti, Provincia de Buenos Aires. Si bien dicha denuncia se registró bajo el número 2520, por la conexidad que existe con este legajo, se acumuló materialmente al presente expediente.

6) A fojas 60 se agregó el acta labrada con motivo de la inspección ocular cumplida el día 3 de agosto de 2000 respecto del transformador sostenido por las columnas identificadas con el número 11085.

7) Se incorporó a fojas 95/100 la denuncia presentada por Alfredo Montes, Marcelo Parrilli y Antonio Liurgo en relación a hechos similares a los investigados en esta causa, siendo que al existir similitud entre ello, la causa 2536 – formada con motivo de la denuncia mencionada -, fue incorporada al presente legajo. En la denuncia se mencionan episodios de posible contaminación ambiental, se hace mención a la peligrosidad del PCB que utilizan como refrigerante los trasformadores eléctricos, se habla de los exámenes periciales que arrojaron como resultado la detección de PCBs en el suelo y se concluye con un breve relato de la historia personal de Mabel Lorenzo y su grupo familiar.

8) Se presentan los Doctores Juan Carlos Rosales y Enrique Munilla como apoderados en general para representar a la Empresa distribuidora Norte SA (EDENOR). En esa primera oportunidad acompañan el análisis iniciado con fecha 31 de julio de 2000 en el Laboratorio CICELPA, mediante el cual se analizó el contenido del refrigerante utilizado por el trasformador 11833 “Asamblea”, ubicado en Unamuno y Dabove, el del equipo 11856 “Rotula”, sito en Lisandro de la Torre, frente a la numeración catastral 5520 y el “Sócrates”, instalado en la calle Sócrates frente a la vivienda que presenta la numeración catastral 1531. Ese estudio arrojó como resultado que en la sustancia analizada se verificó la presencia de aceites minerales como componente principal y no se detectan componentes aromáticos colorados (fojas 113).

9) Se agregó a fojas 130 la denuncia presentada por Aldo Omar San Pedro y por Graciela Podestá contra las autoridades de la Empresa EDENOR, contra por el entonces intendente de Pilar, su secretario de Política Ambiental y demás funcionarios que pudieren resultar responsables por los hechos denunciados. Estos consistieron en el posible delito de envenenamiento de aguas e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Se registró bajo el número de expediente 2527 y por la identidad con el objeto procesal de esta causa, se acumuló materialmente (ver fojas 146).

10) La causa que se registró bajo el número 2534 corresponde a la denuncia presentada por Gustavo Beliz, Miguel Doy, Elio Brailovsky y José Luis Di Lorenzo en relación a los hechos que públicamente fueran dados a conocer mediante la difusión pública del programa TELENOCHE INVESTIGA que fuera emitido el día 2 de agosto de 2000 y en el cual se hablara de la contaminación con PCBs que pudiere existir en el Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires (fojas 148).

11) A fojas 218/220 se presenta el Defensor del Pueblo de Pilar, doctor Marcelo Fernández, solicitando ser tenido por querellante en las presentes actuaciones.

12) Se incorporó a fojas 222/231 la denuncia presentada por quienes son representados en el expediente por los Doctores Jesús Alberto Otero y Luis Alberto Pastor. En esa oportunidad se denunciaron hechos en infracción a la Ley 24.051, relacionados con la posible contaminación ambiental registrada en la localidad de Del Viso, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. En la denuncia se dijo que en el partido de Pilar se encuentran colocados trasformadores de baja y media tensión que contienen aceite refrigerante de PCB y con PCB que, en muchos casos derraman y derramaron ese refrigerante por falta de mantenimiento. La liberación del aditivo con PCB contamina el suelo, por ende las napas y el agua. No sólo de un barrio sino posiblemente la del total del acuífero. Una de las características del PCB es que se esparce con facilidad. El principal riesgo ocurre si los trasformadores explotan o se incendian. En ese caso el PCB se transforma en un producto químico denominado dioxina, el cual se genera a raíz de la combustión (la dioxina). Se continuó haciendo mención a los graves daños a la salud que causan este tipo de sustancia. La denuncia fue dirigida contra las autoridades de Empresa de Distribución de Energía Norte (EDENOR), de la Compañía ENDESA (en su carácter de sociedad controlante de EDENOR), el Ente Nacional de Regulación Eléctrica (ENRE), la Secretaría de Energía de la Nación, la Secretaría de Desarrollo Sustentable de la Nación, la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires.

13) Por los fundamentos que fueran expuestos a fojas 241/244 se decide tener por parte querellante al Defensor del Pueblo de la Ciudad de Pilar, Doctor Marcelo Fernández y a quienes se presentaran bajo el patrocinio letrado de los Doctores Otero y Pastor.

14) A fojas 251/253 se agregó la solicitud de Mabel Julia Bastías y de Guillermo Horacio Lorenzo de ser tenidos por parte querellante en representación de su hijo menor Nahuel Lorenzo. Solicitaron actuar con el patrocinio letrado de los Doctores Daniel Augusto Carreño y Marta Irene Cross.

15) Con fecha 22 de septiembre de 2000 (fojas 262/263) se tiene por parte querellante a Mabel Julia Bastias y a Guillermo Horacio Lorenzo en representación de su hijo Nahuel.

16) A fojas 305 luce el informe oportunamente elevado por la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Campana relacionado con los trasformadores de electricidad con contenido de PCBs. que fueran recibidos y depositados en las instalaciones de la firma Borg Austral, sobre el camino a Capilla del Señor, parcela 377, de esta ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires.

17) Denuncia de la Doctora Marta Irene Cross mediante la cual informa el haber tomado conocimiento de un gran operativo que estaría realizando EDENOR y ELECNOR relacionado con la limpieza y cambio del aceite refrigerante que se estaría realizando respecto de los trasformadores instalados en la zona que fuera denunciada. Manifestó que tales hechos resultan de extrema gravedad, ello toda vez que tendrían por finalidad lograr la desaparición de los elementos de prueba fundamentales que hacen al objeto de esta investigación (fojas 311/312).

18) Se incorpora a fojas 320/322 un informe circunstanciado que se refiere a la detección de PCB en muestras de tierra y vegetales y fueran sometidos a análisis. Asimismo en escrito posterior se habló de estado de emergencia sanitaria por la contaminación de las aguas en la zona de Del Viso, Provincia de Buenos Aires.

19) A fojas 384, sexto párrafo, se solicita a EDENOR el listado de trasformadores que posean instalados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la particular indicación de sus números, ubicación, tipo y refrigerantes utilizados. Asimismo se solicitó se informe la lista de los transformadores recibidos por la empresa a partir de la concesión del servicio por parte del Estado Nacional, cuáles de ellos contenían PCB y en que fechas y por que tipo de equipos fueron sustituidos.

20) Acta de constatación confeccionada con motivo de la caída del transformador A.3004 que se encontraba instalado en la intersección de las calles Paraná y Tierra del Fuego de la localidad de Presidente Derqui, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires.

21) Acta confeccionada por personal de la Dirección de Policía Científica de Gendarmería Nacional mediante la cual se deja constancia de la extracción de muestras del refrigerante contenido en los trasformadores 24329 y 8074 – ubicados en el obrador Municipal de Derqui -. Las muestras en cuestión estaban destinadas a ser remitidas para su análisis al gabinete pericial mas arriba mencionado.

22) Acta de constatación confeccionada con motivo de la caída del trasformador de electricidad FARADAY 4785-32, Nicaragua y Santo Domingo de Pilar, ocurrida el día 22 de octubre de 2000. El equipo cayó en la propiedad de Eleonora Monsalvo, ocasionado el episodio que el refrigerante contenido en el mismo se desparrame en el suelo, llegado asimismo a mezclarse con el agua que corría por una zanja cercana. El equipo se secuestra y es remitida al obrador municipal de Pilar. Previo a ello se obtuvieron muestras (fojas 446).

23) A fojas 457 se ordena a la Dirección de Policía Científica de Gendarmería Nacional proceder a la extracción de muestras del trasformador caído con fecha 22 de octubre de 2000.

24) Se presenta EDENOR a fojas 499 aportando el listado de los trasformadores de energía eléctrica ubicados en la localidad de Pilar y que fueran sustituidos durante el año en curso. Asimismo se acompañó el listado de depósitos habilitados en el área Pilar y que son utilizados por la empresa mas arriba mencionada. Esta información corre por cuerda a los principales.

25) A fojas 632 EDENOR amplia la información entregando el listado de trasformadores recibidos a partir de la toma de posesión del servicio de distribución de energía eléctrica concesionado por el Estado Nacional.

26) Informe presentado por Hugo Roberto Polverini en su carácter de Presidente de la Comisión Liquidadora de la Empresa Social de Energía de Buenos Aires Sociedad Anónima (ESEBA SA).

27) Presentación glosada a fojas 707/710 vuelta, por la cual se presentan vecinos de las zonas afectadas por la posible contaminación ambiental sujeta a investigación, solicitando ser tenidos por parte querellante en este expediente. Lo hicieron bajo la representación legal de los Doctores Jesús Alberto Otero y Luis Alberto Pastor.

28) El por entonces Presidente del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Juan Antonio Legisa, se presenta a fojas 774/779 formulado manifestaciones relacionadas con los hechos que son investigados. Aporta aspectos técnicos de los trasformadores de electricidad, menciona normas aplicables a los PCBs, informa los relevamientos y actividades de especificas de control realizados por el ENRE. Basados en los fundamentos expresados en esa oportunidad, nuevamente afirma la inexistencia en el partido de Pilar de trasformadores refrigerados con PCBs, reafirmado así lo que sostuviera en la solicitada periodística publicada en el diario “Clarín” el día 10 de agosto de 2000.

29) Testimonial prestada con fecha 25 de septiembre de 2001 por el Ingeniero Juan Antonio Legisa (Presidente del ENRE). En esa oportunidad explicó aspectos operativos del ente e intentó explicar las razones que llevaron a sostener la negativa de la existencia de trasformadores con PCBs en el partido de Pilar. Dijo que la empresa EDENOR no había informado al ENRE de la existencia de trasformadores con contenidos de PCBs instalados en la localidad de Pilar, mas allá de estar obligados a ello. En cuanto al control que realizaba el organismo refirió contar que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad contaba con ocho personas que tenía a su cargo constatar el normal funcionamiento de los transformadores de electricidad existentes en el ámbito de control de ese ente, siendo que los mismos ascendía a la cantidad aproximada de veintitrés mil (23.000) equipos que abastecen del servicio a aproximadamente cinco millones (5.000.000) de usuarios.

30) Manifestaciones y documentación aportada por la querella representada por los Doctores Otero y Pastor mediante escrito de fojas 794 (la documental fue incorporada al legajo correspondiente).

31) Los memoriales presentados por la parte querellante con fecha 1º de noviembre de 2001 (fojas 866/872) y por el Doctor Juan Carlos Rosales, representante de EDENOR SA, el mismo día y que se incorporó a fojas 874/878.

32) A fojas 919 se solicitó a la compañía EDENOR el plano de ubicación de los trasformadores de energía existentes en el partido de Pilar, provincia de Buenos Aires, al momento que dicha empresa se hiciera cargo de la concesión del servicio eléctrico. En particular se solicitó la indicación de aquellos equipos con contenido de PCBs.

33) Se presenta a fojas 921 el escrito mediante el cual se aportan los planos que fueran solicitados, aclarándose que no existían en EDENOR registros sobre transformadores con contenido de PCBs que fueran recibidos de la empresa estatal SEGBA.

34) Se ordena inspección ocular en la zona de Pilar respecto de los trasformadores de los cuales surgen divergencias de ubicación entre los planos presentados en el expediente (por la Secretaría de Política Ambiental, por la querella y por EDENOR) –fojas 923-.

35) Escrito incorporado a fojas 925 mediante el cual el Fiscal Federal solicitó la recepción de declaraciones indagatorias.

36) Acta confeccionada con motivo de la inspección ocular cumplida el día 30 de octubre de 2000 respecto de la ubicación de los trasformadores de electricidad instalados en el Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires.

37) Declaraciones testimoniales incorporadas a fojas 933 pertenecientes a Emilia Graciela Peloso y a Isabel Castillo. En tales actos se refirieron a explosiones e incendios que pudieron advertir respecto de trasformadores eléctricos instalados en cercanías de sus domicilios.

38) A fojas 943/944 EDENOR informa al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Municipalidad de Pilar, Carlos E. Garat, que en el marco de un Plan Especial de Gestión Ambiental iniciado, se había procedido a retirar nueve (9) trasformadores con concentraciones mayores a 500 ppm de PCB, un especial seguimiento de las revisiones de todos los transformadores con concentraciones ente 50 y 500 ppm de PCB y la adecuación de todas y cada uno de las anomalías con impacto ambiental consecuentes de la revisión. A fojas 948 se mencionan los datos de identificación de los nueve (9) equipos que fueran retirados y que registraron concentraciones superiores a las 500 ppm de PCB.

39) Se ordena realizar tareas de inteligencia e investigación en relación a las empresas ROWING, ELECNOR, ESEBA y EDENOR, siendo que el resultado de las mismas se incorporó a fojas 976/981. Las tareas contienen informes relacionados con las ubicaciones y actividades de cada una de las empresas y placas fotográficas de algunos sectores de las mismas.

40) Fojas 982/986, nuevo escrito de Fiscal Federal peticiona la recepción de las declaraciones indagatorias ya solicitadas.

41) A fojas 944 se disponen una serie de medidas de instrucción relativas al trámite de la causa (declaraciones testimoniales, solicitud de historias clínicas, pedidos de informes, etcétera).

42) A fojas 1030/1033 luce el auto mediante el cual, por los fundamentos allí expresados, se ordenaran los allanamientos del predio ocupado por la firma ROWING SA, por ESEBA SA y por el de la Compañía EDENOR SA sito en Avenida Beiró y Nazca de la Capital Federal. Las medidas tenían por objeto determinar derrames de PCBs u otras sustancias posiblemente contaminantes, habiéndose dispuesto asimismo la extracción de muestras para su posterior análisis. En ese mismo auto fue dispuesta la inspección ocular en las localidades de Del Viso y Manuel Alberti de Pilar Provincia de Buenos Aires, respecto de los transformadores de electricidad allí existentes. Esta medida tenía como finalidad verificar el estado de las cubas de contención de los líquidos refrigerantes que contenían dichos equipos.

43) Declaraciones testimoniales de Teresa Escobar Silvero, Maria Lidia Barranco, Isabelino Silva, Juana Matilde Villa Ruel, Roberto Emilio Uhrig, Myriam Mabel Tindiglia, Rosalía Noemí Campos, Juan Domingo Anselmo, Gerardo Alberto Sequeira, Mirta Carmen Delisio, Marina de Jesús Barrios Dávalos, Mabel Julia Bastias Maria Angélica Redes Jorge Daniel Caballeri, Rosa Ana Lenscak, Ilda Alicia Domínguez, Verónica Lorena Rebollo, Sandra Mabel Casas, Gladis Ríos, Ilda Isabel Valdez y Carmen Rosa Canteros. Estos actos se incorporaron desde fojas 1039 a 1059, siendo que los nombrados integran la lista de chequeo que se ordenara realizar con relación a personas domiciliadas en proximidades de equipos eléctricos y que, ya sean los nombrados o algún integrante de su grupo familiar, presentaren algún problema grave de salud. Asimismo ellos se refirieron a distintos sucesos relacionados con derrames, explosiones y/o incendios de los transformadores de electricidad próximos a sus viviendas.

44) A fojas 1064 se disponer que los querellantes actúen bajo la única representación de los Doctores Jesús Alberto Otero y Luis Pastor.

45) A fojas 1067 se incorporó la declaración testimonial prestada por Cristóbal Dante Figueroa. En ese momento se refirió a incendios que por sus sentidos pudo advertir respecto de dos trasformadores de electricidad instalados en proximidades de sus domicilios, siendo que el mismo se ubica en la calle Novel 7715 de Del Viso, Provincia de Buenos Aires. Se refirió a su esposa Elsa Lilian Murua, quién falleció en el año 1997 a consecuencia de un cáncer que oportunamente contrajera.

46) Actuaciones labradas por la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional con motivos de los allanamientos dispuestos respecto de ROWING, ESEBA y EDENOR. Se dejó constancia del procedimiento cumplido, las verificaciones realizadas, las muestras obtenidas, etcétera (fojas 1068/1106).

47) Declaraciones testimoniales de Ramón Talavera, Ramona Catalina Picasso, Otilia Priscila Mascias, Rosa Esther Barreto, Maria de las Mercedes Ramallo, Ema Irene Rodríguez, Graciela Bracamonte, Verónica Fernanda Gettig, Nestora Mercedes Leanez, Delia Duarte, Karina Edith Gulli, Maria Liliana Flocco, Silvia Margarita Lambre, Laura Zabala, Rosa Duran, Paulina Paniagua, Eduardo Alberto Tombeta y Marcela Alejandra Leguizamón. Estos actos de incorporaron desde fojas 1183 a 1201, siendo que los nombrados integran la lista de chequeo que se ordenara realizar con relación a personas domiciliadas en proximidades de equipos eléctricos y que, ya sean los nombrados o algún integrante de su grupo familiar, presentaren algún problema grave de salud. Asimismo ellos se refirieron a distintos sucesos relacionados con derrames, explosiones y/o incendios de los trasformadores de electricidad próximos a sus viviendas.

48) Se presenta a fojas 1214/1219 el escrito mediante el cual EDENOR informa los datos de los integrantes del directorio, como así también su composición accionaria.

49) El día 21 de mayo de 2003 se ordena que por intermedio del Laboratorio de Químico de Gendarmería Nacional se proceda a realizar sobre las muestras obtenidas en los allanamientos practicados, los correspondientes exámenes periciales a efectos de determinar la existencia de sustancias contaminantes incluidas en la Ley 24.051. Asimismo en la misma fecha se oficia a distintos centros asistenciales a efectos de recabar información respecto de fallecimientos por cáncer que se hubieren registrado durante el año 2003.

50) Luce a fojas 1304/1305 el llamado a indagatoria de los integrantes del directorio de EDENOR, responsables del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambienta de la Nación y de la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Pilar (30 de mayo de 2003).

51) A fojas 1331/1334 se agregó la nota presentada por Claudio Augusto Fontana relacionada con el trasformador antiguamente denominado “Ilegal”, ubicado sobre la calle Leonardo N. Alem esquina El Benteveo del barrio parque Los Robles del Monarca del partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires.

52) A fojas 1337 se solicita al ENRE que adopte las medidas necesarias a efectos de que EDENOR SA repare las cubas de los trasformadores que en la inspección realizada el día 10 de mayo de 2003 fueran detectadas con pérdidas

53) Declaración testimonial de Guillermo Horacio Lorenzo. En el acto el declarante hace mención a estudios analíticos que fueran realizados respecto del agua del pozo de profundidad existente en su domicilio, estudios que dieron como resultado que el agua no resulta apta para su consumo. Asimismo se refirió a la existencia de un transformador que se encontraba instalado frente a su propiedad, equipo que habría sido retirado durante en 1995 o 1996 para luego ser trasladado a Sócrates entre Maza e Ituzaingó de Del Viso. Manifestó que previo a retirar dicho equipo, el transformador se incendió en varias oportunidades, siendo que luego de ello se produjo el cambio mencionado. Acompaña al acto los análisis que fueran realizados a solicitud de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires (fojas 1346/1349).

54) Declaración testimonial de Verónica Lorena Rebollo. Se refirió al pozo de sesenta (60) metros de profundidad existente en su vivienda, expresando que respecto de dicho pozo se tomaron muestras para su análisis, diligencia que estuvo a cargo de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires. También hizo mención al transformador que se encuentra instalado unos veinticinco (25) metros de su domicilio, diciendo que respecto de dicho equipo explosiones que desencadenaron en incendios del mismo (fojas 1350).

55) A fojas 1397 se incorpora el informe presentado por EDENOR con relación al transformador instalado frente al domicilio de Claudio Fontana. Se mencionó que dicho equipo utiliza como refrigerante un fluido aislante mineral tipo YPF, encontrándose libre de PCB. Asimismo se informó que dicho equipo fue colocado debido al notable crecimiento que experimentó el barrio en los últimos años, ya que el transformador ubicado sobre la calle Las Casuarinas entre El Ombú y el Robledal abastecía originalmente un área aproximada de sesenta y dos 62 hectáreas, siendo que esto provocaba sobrecargas en el equipo que superaban el veinticinco por ciento (25%) de la potencia nominal de la máquina.

56) Declaran en testimonial Liliana Sánchez (fojas 1404), Magali Manuela Guedes (fojas 1405) y Otilia Macias (fojas 1406).

57) A fojas 1415, apartado VIº se ordena que por intermedio de la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional se obtengan muestras de agua de napas subterráneas de los domicilios en las cuales existan perforaciones y/o bombas que extraigan aguas a diferentes profundidades, quedando los domicilios a elección del perito actuante.

58) Declara en testimonial Claudio Augusto Fontana (fojas 1464/1465). En el acto hace mención al transformador oportunamente instalado frente a su domicilio, antiguamente denominado “Ilegal” y ahora “Ideal”. Asimismo se refirió a los equipos denominados “Añatuya”, “Ciprés” y al instalado sobre las calles Las Casuarinas, entre El Ombú y El Robledal de Pilar, Provincia de Buenos Aires. Respecto de estos equipos dijo haber tomado conocimiento que se encontraba derramando al suelo sus líquidos refrigerantes, con contenido de PCB, situación que habría sido ratificada por la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Pilar. Esto último según lo sostenido por Fontana en su declaración, como así también por lo plasmado en la documentación que el declarante incorporó al acto.

59) Acta confeccionada al momento de llevarse a cabo la extracción de muestras de agua de pozo que se ordenara realizar en Del Viso el día 4 de julio de 2003 por parte de la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional.

60) A fojas 1574/1583 el Ente Nacional Regulador de la Electricidad eleva un informe relacionado con los transformadores que EDENOR posee en el partido de Pilar. Se mencionó que EDENOR posee mil sesenta y ocho transformadores instalados en el partido de Pilar, siendo que doscientos noventa de ellos contienen PCB y de los cuales ochenta y seis presentan una concentración superior a las 50 partes por millón. Como punto de interés se expresó que el plazo para proceder al reemplazo o descontaminación de los equipos con más de 50 ppm de PCB, según la legislación vigente, vence a fines del año 2009, mientras se encuentren en adecuadas condiciones de operación y mantenimiento. A partir de la identificación de los equipos con PCB se ha instruido a las distribuidoras para que implementen un programa de mantenimiento preventivo específico para este conjunto de centros de transformación. Se acompañó el listado de los equipos instalados en el Partido de Pilar (fojas 1578/1583). Debe aclararse que ese informe se produjo en razón a lo solicitado en los autos caratulados: “EDENOR SA c/ Municipalidad de Pilar s/ acción meramente declarativa”, expediente 4.172 de la Secretaría Civil 2 de este Juzgado Federal.

61) A fojas 1635, apartado VIIº, se dispone que por intermedio del Laboratorio CorpLab Latinoamérica SA (ex Mercotec Argentina) se realicen los exámenes periciales pertinentes sobre las muestras de agua obtenidas el 4 de julio de 2003.

62) Se agrega a fojas 1672 la nota enviada por la Municipalidad de Escobar referente a lo acontecido en el Boulevard Barrio Amadad y calle San Javier de Garín, por la perdida del líquido refrigerante del transformador eléctrico aéreo emplazado en ese lugar. De los protocolos de análisis se desprende que las muestras de suelo obtenidas de debajo de ese equipo, arrojaron como resultado la detección de niveles superiores de PCBs (ver legajo de documentación aportada por las municipalidades).

63) Copia de la carta documento enviada por la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires a EDENOR SA mediante la cual se intima a la empresa a formular un cronograma de tareas de remediación de suelo y zanjas en los siguientes puntos: Maza frente al numero 5569, entre Sócrates y Jacques y Sócrates entre Maza e Ituzaingó, bajo el trasformador situado en la plataforma 11844. Esta intimación se debió a la presunta existencia de PCB e hidrocarburos en los puntos mencionados.

64) Copia de la carta documento enviada por EDENOR SA a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires por la cual se informa que esa empresa se encuentra vedada de poder realizar cualquier modificación que pueda alterar la investigación que se lleva adelante en estas actuaciones (fojas 1699).

65) A fojas 1701/1702 la Secretaría de Protección del Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Municipalidad de Pilar, informa en relación a los equipos “CIPRES”, “AÑATUYA” y “CAPILLA”. Se menciona que el primero de ellos registró una concentración de 14.5 ppm de PCB, el segundo dio <3 ppm de PCB y el último <3 ppm de esa sustancia. Para mejor entendimiento debe recordarse que estos equipos fueron los que Claudio Augusto Fontana mencionara en su declaración testimonial como aquellos que presentaban pérdidas de sus líquidos refrigerantes.

66) Declaración testimonial de Mabel Julia Bastías – fojas 1717 – relacionada con el derrame del refrigerante contenido en un transformador que era transportado por una empresa supuestamente contratada por la firma EDENOR. Aporta documentación relacionada con ese suceso, entre la cual se agregaron los resultados positivos en cuanto a la presencia de PCB (ver legajo de documentación relacionado con el hecho ocurrido el día 1/3/02).

67) Se incorporó a fojas 1985/1992 el escrito de descargo presentado por el Ingeniero Juan Antonio Legisa. En esa oportunidad expuso los argumentos que a su entender resultaría de utilidad para su defensa, siendo que la presentación pasó a formar parte de su declaración indagatoria.

68) Con la misma finalidad y siguiendo el mismo proceder se incorporó como declaración indagatoria de Maria Cristina Massei – fojas 2001/2002 -, el escrito de descargo presentado por la nombrada (fojas 1996/2000).

69) A fojas 2004/2035 se agregó al legajo el escrito presentado por Carlos Eugenio Garat por el cual brinda las explicaciones y aclaraciones que a su entender le resultan de utilidad para aclarar los hechos que se le imputan. Asimismo realizó un extenso relato de las actividades, medidas y diligencias que realizara respecto de los hechos en investigación, ello mientas el nombrado se desempeñara primero como Director de Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y luego como Secretario de Medio Ambiente, en ambos casos de la Municipalidad de Pilar. Aportó documentación con relación a ello. El escrito mencionado se integró a su declaración indagatoria (2069/2071 vuelta).

70) Se agregó a fojas 2066 la nota publicada en el periódico “El Diario de Pilar” el día 4 de octubre de 2004. En dicha publicación se hace mención a la explosión de un trasformador de electricidad, mas precisamente el ubicado en la calle Brasil 45 de Pilar, siendo que el episodio produjo que se derramen importantes cantidades de una sustancia amarillenta viscosa que afectó, tanto la vía pública, como así también a la vivienda ubicada frente a dicho transformador de electricidad.

71) Los Doctores Alejandro Carrió y Maximiliano Reussi peticionaron el sobreseimiento de su asistido Hugo Pentenero por los motivos allí expuestos (2253/2255).

72) Correo electrónico aportado por la querella por el cual se habla de la posible contaminación que se habría registrado en el bosque de Castellón, España, como motivo de emanaciones de sustancias tóxicas similares a las que son objeto de investigación en este legajo. Se habló de la posible participación en esos hechos del señor Antonio Capdepon, mientras el nombrado trabajaba en Andorra, Teruel, como empleado de la compañía ENDESA. También en dicho correo se habló del señor Alfredo Llorente.

73) Informe presentado por la Auditoria General de la Nación que se agregó a fojas 2412/2491. En la resolución dictada con fecha 15 de abril de 2004 que aprobó el informe más arriba mencionado, se consideró: “Que el artículo 85 de la Constitución Nacional pone a cargo de la Auditoria General de la Nación el control externo de la Administración Pública Nacional, cualquiera fuera su modalidad de organización. Que en el cumplimiento del mandato constitucional y lo concordantemente dispuesto por el artículo 118, inciso b, de la Ley 24.156 se realizó una auditoria de gestión ambiental en el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), procediendo a examinar la gestión de control ejercida por el ENRE de acuerdo a la norma referida a la no utilización de los PCBS (bifenilos policlorados) como refrigerantes en los trasformadores de electricidad. Que dicho informe fue puesto en conocimiento del Organismo auditado el que formuló consideraciones que no modifican la elaboración del informe definitivo. Que en dicho informe se destaca que de lo analizado surge que el ENRE mostró una acción negligente, al demorar 6 años en solicitar la actualización a los agentes MEM a efectos de conocer la existencia de PCB en poder de los mismas. No se encontró evidencia documentada de requerimientos por parte de Ente entre los años 1994-1999. Que el ENRE no exigió la presentación de la información, para las actualizaciones del año 2000 y el año 2002, en rangos de contaminación de acuerdo a la categorización de la normativa vigente a esa fecha a efectos de lograr su compatibilización. En ninguna de las notas mencionadas se solicitó discriminar el grado de contaminación de los equipos (entre 50 y 500 ppm a bien PCB puros) acorde a la legislación vigente a ese momento, Asimismo, la información remitida por los agentes fue expresada en diferentes unidades de medida, por lo que la homogenización de los datos resulta dificultosa. Que el ENRE no cuenta con un sistema de registraciones de consultas y denuncias apto para la determinadas áreas críticas donde se registran la mayor concentración de conflictos, a efectos de exigir a las distribuidoras dar prioridad a las mismas, conforme lo dispuesto en la resolución 655/00. Que el ENRE no intimó a si vencimiento (mayo de 2002 a la distribuidora para la presentación de un programa de reemplazo y sustitución paulatina de los equipos, como así también un programa de mantenimiento de los equipos contaminados con PCB en servicio, manteniendo esa actitud hasta la promulgación de la Ley 25.670 (noviembre de 2002). Los valores máximos previstos en los Contratos de Concesión respecto de las multas por seguridad pública y daño ambiental no guardan relación con los potenciales perjuicios que puedan generarse para la salud de las personas y el medio ambiente. Que la Comisión de Supervisión respectiva ha producido el despacho correspondiente compartiendo los términos del informe elaborado por la Gerencia de Planificación y Proyectos Especiales –Departamento de Control de Gestión Ambiental. Que el Colegio de Auditores Generales, integrado por los Sres. Auditores Generales Cont. Mario N. Fadel, Cont. Alfredo A. Fólica, y Dr. Gerardo L. Palacios, Dr. Casar Areas, Dr. Francisco Fragoso, Dr. Javier Fernández con la Presidencia del Dr. Leandro O. Despouy en su sesión del día 24-03-04, prestó conformidad al informe que se trata. Que el Presidente de la Auditoría General de la Nación ejerce la representación del órgano…” Por los fundamentos expresados en el párrafo anterior fue que la Auditoría General de la Nación RESOLVIÓ: “… ARTÍCULO 1º: Aprobar el informe de auditoría de control de gestión ambiental referido al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, donde se procedió a examinar el control ejercido por el Ente de acuerdo a la norma referida a la no utilización de los PCB (bifenilos policlorados) como refrigerantes en los trasformadores de electricidad, en el marco legal vigente, producido por la Gerencia de Planificación y Proyectos Especiales –Departamento de Control de Gestión Ambiental, que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. ARTICULO 2º:….”

74) Declara en el expediente y en los términos del artículo 279 del Código Procesal Penal de la Nación, el Doctor Osvaldo Curci a tenor del pliego de posiciones oportunamente aportado (fojas 2592/2595).

75) Declaración testimonial de la Licenciada Sandra Olga Demichelis (fojas 2596/2600).

76) Testimonio prestado a solicitud de la querella por Lilian Alicia Corra y que se incorporó a fojas 2610/2614.

77) A fojas 2617/2638, 2639/2644, 2645/2646 y 2647/2654 respectivamente, se solicitan los sobreseimientos de Daniel José Lello y Luciano Pironio; de Partice Mees, Christian Paris, Eduardo Vich, Norberto González, Javier González Fraga y José Calderero; de Julio Adalberto Márquez y de Christian Nadal.

78) Se incorporó a fojas 2658/2664 el informe elevado por el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) en el marco del expediente “EDENOR SA c/ MUNICIPALIDAD DE PILAR s/ acción meramente declarativa” del registro de la Secretaría Civil 1ª de este Juzgado Federal, relacionado con la pérdida o exudaciones de transformadores con concentraciones iguales o superiores a las 50 ppm de PCBs y que se encuentran instalados en el partido de Pilar. Este primer informe es de fecha 29 de julio de 2004, siendo que en el mismo se consigna los equipos respecto de los cuales fueron detectadas anomalías.

79) Luce a fojas 2665/2679 el escrito de la querella por el cual se solicitó el dictado de una medida cautelar respecto de las compañías EDENOR SA y EDF (Electricité de France), siendo que se peticionó un embargo sobre sus bienes que resulte suficiente para cubrir la suma de tres mil millones de pesos ($3.000.000.000.), que ese fue el momento que la parte solicitante consideró pertinente por los argumentos que es esa oportunidad expusiera.

80) El apoderado de EDENOR SA se presenta a fojas 2686/2692 solicitando el rechazo de la medida cautelar solicitada.

81) Declaración testimonial de Alférez de Gendarmería Nacional, Leonardo Osiris Bugatti (fojas 2707/vuelta).

82) Informe del ENRE de fecha 22 de septiembre de 2004 en el marco del expediente “EDENOR SA c/ MUNICIPALIDAD DE PILAR s/ acción meramente declarativa” del registro de la Secretaría Civil 1ª de este Juzgado Federal y que en copias se incorporó a fojas 2724/2735.

83) A fojas 2737/2744 la querella reitera su la solicitud de la medida cautelar que oportunamente peticionara.

84) Constatación in situ practicada por la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) y por el Ente Regulador de la Energía Eléctrica (ENRE) en el marco del convenio Nº 5 suscripto entre ambos organismos. La diligencia fue solicitada en el expediente “EDENOR SA c/ MUNICIPALIDAD DE PILAR s/ acción meramente declarativa”, siendo que la misma tenía como objeto establecer el estado de conservación de los trasformadores de electricidad instalados en el partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires (fojas 2766/3022). De los 272 equipos relevados, se detectaron pérdidas y/o exudaciones en 25 de ellos, siendo que dicha situación fue informada a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires a sus efectos.

B. LEGAJO DE PERICIAS:

1) A fojas 9/32 se agregaron las actuaciones realizadas por la División Prevención de Delitos Ecológicos de la Policía Federal Argentina, cuando esa dependencia se le ordenara realizar tareas tendientes a determinar la ubicación de los transformadores de electricidad instalados en el barrio Villa del Carmen, localidad de Del Viso, Partido de Pilar. El relevamiento contiene vistas fotográficas (fojas 14/32), descripción de los equipos y su ubicación en el plano que se incorporó a fojas 13.

2) A fojas 41/43 se agregó el acta labrada con motivo de la toma de la toma de muestras que le fuera ordenada a la División Prevención del Delito Ecológico de Policía Federal Argentina el 7 de agosto de 2000. La medida tuvo por objeto extraer tres (3) juegos de muestras de cada sector que fuera identificado: a) del suelo existente en la base los transformadores eléctricos de la zona; b) del líquido o material refrigerante de dichos trasformadores, c) del agua presente en zanjas existentes en las inmediaciones del emplazamiento de los mismos y d) eventualmente y en caso de resultar posible del agua extraída de las napas subterráneas en los domicilios cercanos o lindantes.

3) Declaración testimonial del Oficial Walter Rubén Súarez relacionada con la extracción de muestras cumplida con fecha 9 de agosto de 2000 (fojas 37/40).

4) Declaración testimonial del Oficial Ricardo Nicolás Douna, en relación a la medida cumplida el 9 de agosto de 2000 (fojas 45/48).

5) Placas fotográficas incorporadas a fojas 49/67 y que ilustran los distintos sectores de los cuales se extrajeran las muestras ordenadas.

6) Declaraciones testimoniales de Walter Hugo Juárez y de Ana Zulma Herrera, siendo que los nombrados fueron convocados como testigos de actuación respecto de la diligencia cumplida el 9 de agosto de 2000.

7) Placas fotográficas de la diligencia de toma de muestras que se realizara el día 15 de agosto de 2000 (fojas 87/93).

8) Declaración testimonial del Sub comisario Carlos Antonio Estévez, integrante de la División Prevención del Delito ecológico de la Policía Federal Argentina, relacionada con la diligencia de muestreo cumplida el día 15 de agosto de 2000 (fojas 94/96).

9) Acta confeccionada al momento de realizarse el muestreo que se cumplió con fecha 15 de agosto de 2000. En dicho documento se dejó asentada la diligencia cumplida, las sustancias obtenidas como muestras y los puntos de muestreo de los cuales fueran sacadas las mismas.

10) Declaración testimonial del Oficial Principal Rubén Súarez quien, en su carácter de integrante de la División Prevención del Delito Ecológico de la Policía Federal Argentina, se refiere a la diligencia de muestreo cumplida el 15 de agosto de 2000 (fojas 100/112).

11) A fojas 103/105 declara en testimonial el Oficial Principal Ricardo Nicolás Dauna, teniendo ello relación con la diligencia cumplida el 15 de agosto de 2000.

12) Declaraciones testimoniales de Marcela Alejandra Leguizamón y Maria Gabriela Lobos (107/108 y 110/112).

13) Vistas fotográficas agregadas a fojas 113/128 que ilustran la diligencia de toma de muestras cumplida el 15 de agosto de 2000.

14) Declaración del Sub comisario Carlos Antonio Estévez en relación al muestreo de fecha 29 de agosto de 2000 (fojas 134/134 vuelta.

15) Acta agregada a fojas 135 confeccionada al momento de cumplirse la diligencia dispuesta para el día 29 de agosto de 2000. En ese documento se deja constancia de la suspensión de la diligencia. Se fija nueva fecha a efectos de continuar con la diligencia, siendo que se estableció el día 6 de noviembre de 2000 para ello.

16) Declaración testimonial del Sub comisario Carlos Antonio Estévez en relación al muestreo de fecha 6 de noviembre de 2000 (147/150).

17) Acta confeccionada cuando se cumplió el muestreo de fecha 6 de noviembre de 2000 (fojas 151/152).

18) Declaraciones testimoniales de los integrantes de la División Prevención del Delito Ecológico de Policía Federal Argentina Walter Rubén Suarez y Ricardo Nicolás Douna (fojas 153/155 y 156/158).

19) Placas fotográficas de fojas 159/178.

20) Acta confeccionada por la División de Policía Científica de Gendarmería Nacional al momento que en gabinete pericial se recibieran para su análisis las diferentes muestras obtenidas con motivo de las diligencias de muestreo que le fueran encomendadas a la División Prevención del Delito Ecológico de Policía Federal (fojas 184/186).

21) Se agregó a fojas 187 el acta que da cuenta de la rotura de las muestras que se encontraba conservadas en el Servicio de Hidrografía Naval.

22) Declaraciones testimoniales de Beatriz Liliana González y Alberto Rodolfo Martínez en relación al muestreo cumplido con fecha 6 de noviembre de 2000 (fojas 188/189 y 190/191).

23) Acta que detalla las muestras obtenidas en las diligencias cumplidas con 8 y 15 de agosto de 2000.

24) Actuaciones confeccionadas por la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires por las cuales se deja constancia de la remisión al servicio de Oceanografía del Servicio de Hidrografía Naval, de un juego de muestras de las obtenidas los días 9 y 15 de agosto de 2000. Conforme ya se adelantó, muchas de las muestras remitidas a ese servicio se rompieron, habiéndose labrado el acta mas arriba mencionada.

25) Actas confeccionadas en la Dirección de Policía Científica de Gendarmería con fecha 27 de septiembre y 1 de noviembre de 2000 relacionada con las muestras que fueran recibidas en el gabinete pericial para su análisis.

26) Examen pericial numero 22.554 por la cual fueron analizadas las muestras obtenidas los días 9 y 15 de agosto de 2000 y que fueran detalladas en las actas de fecha 27 de septiembre y 1 de noviembre de 2000. En dicho examen pericial se detallan las muestras que arrojaron como resultado contaminación con PCBs, aquellas que resultaron “libres de PCBs” y las muestras que no presentaron contenido de PCBs. Asimismo en ese examen pericial se hizo mención a la resolución 369 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 24 de abril de 1991, por la cual se caracterizó a aquellos con concentraciones entre 500 y 50 ppm se consideran productos contaminados con PCBs mientras que aquellos que contiene niveles inferiores a las 50 ppm de esa sustancia se consideran “libres de PCBs” (fojas 2289/2295). La pericial ordenada corresponde a la diligencia de fojas 856 de los autos principales.

27) Se agregó a fojas 2474/2475 la ampliación de la pericial 22.554.

28) Se incorporaron copias de diferentes pericias – muchas de ellas aportadas por Verónica Lorena Rebollo – y realizadas por distintos laboratorios sobre muestras de aceite, agua y tierra. Por ejemplo a fojas 242/243 luce el informe confeccionado por la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires. Debe mencionarse que en este informe fueron sometidas a análisis las muestras de agua de consumo que fueran identificadas de la siguiente manera: 1199 A tomada de la vivienda de la señora Liliana Sánchez, sita en calle Necochea 1258 de Del Viso, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, de la perforación a veinticuatro (24) metros de profundidad que la vivienda poseía; la muestra 1200 correspondiente al domicilio de la familia Lorenzo, ubicado en Sócrates 1116 de Del Viso, obtenida a sesenta (60) metros de profundidad y la muestra numero 1201 A obtenida de un pozo de sesenta (60) metros de profundidad de agua vecino al domicilio de la familia Guinzburg, sito en Ruta Nacional 8 y Ruta Provincia 26, siendo que dicho pozo pertenecía a la Cooperativa Telefónica de Pilar. Estas muestras fueron sometidas a estudios, habiendo arrojado el siguiente resultado: la numero 1199 A arrojó la detección de 0,45 ug/l de PCB, en la muestra 1200 A se encontró la concentración de 0,16 ug/l de PCB, mientras que en la muestra 1201 A se detectó 0,41 ug/l de esa misma sustancia. En todos los casos se identificó Aroclor 1232. Se informó que estos valores se encuentran cercanos al límite máximo establecido como MCLG (maximum contaminant level o nivel máximo de contaminante en agua de bebida). Seguidamente a fojas 249 se agregó el informe realizado por el Laboratorio C&D a solicitud de la Secretaría de Política Ambiental de la Dirección Provincial de Control Ambiental y Saneamiento Urbano, por el cual fueron sometidas a análisis las muestras de suelo obtenidas debajo de los trasformadores de electricidad instalados en diferentes domicilios. En particular se obtuvieron muestras de tierra de la base el equipo instalado en frente al domicilio de la calle Necochea 1258, lugar donde reside la señora Liliana Sánchez. Ese análisis dio como resultado la detección de 350,25 ppm, siendo que se detectó Aroclor 1232 en la muestra de suelo analizada. Deberá prestarse especial atención a esto ya que si leemos mas arriba notaremos que el análisis del agua de consumo que se utilizaba en la casa de la señora Sánchez, también dio como resultado la existencia de Aroclor 1232, en concertaciones en exceso. El informe mencionado en cuestión también hace referencia a muestras de suelo tomadas debajo del trasformador numero 11981, instalado en la calle María del Valle 1258. El análisis de las mismas permitido detectar la presencia de Aroclor 1248, 1260 y 1232 en la tierra. Por último se detecta Aroclor 1016 en muestras de suelo obtenidas en el barrio Pilar House, Unidad Funcional 14.

29) Placas fotográficas de la diligencia de extracción de muestras de agua de consumo cumplida por parte personal de la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional el día 4 de julio de 2003 (fojas 275/286).

30) Se incorporó a fojas 354/359 el resultado del análisis químico pericial que se ordenara practicar respecto de las muestras obtenidas al momento de cumplirse los allanamientos ordenados respecto de los depósitos de las firmas EDENOR, ROWING y ESEBA. Este dio como resultado la existencia de muestras de aceite y suelo con contenido de PCB, siendo que en el informe ampliatorio que se agregó a fojas 360/361 se cuantificó en forma precisa las concentraciones de PCB halladas en cada una de las muestras. Así las muestras de aceite identificadas como A; H, I, J y K dieron como resultado la detección de 136, 1520, 670, 940 y 1020 ppm de PCBs en las mismas. Por otra parte las muestras de suelo que fueran identificadas como C; D, E, y F arrojaron como resultado la concentración de 0,07; 0,22; 0,39 y 0,20 ppm de PCBs respectivamente.

C. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA QUERELLA.

1) A fojas 1/6 se agrega la documentación acompañada con el escrito que se agregó a fojas 217/253 de los autos principales. La misma consiste en copias de estudios médicos e historia clínica del menor Nahuel Lorenzo. Concretamente se menciona que al nombrado se le diagnosticó LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA AGUDA.

2) Vistas fotográficas relacionadas con actividades de reparación sobre plataformas eléctricas (fojas 8/15).

3) Se incorporó a fojas 19 copia de la resolución 369 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación. Dicha resolución tiene por objeto el dictado de normas seguras referentes a la utilización, manipulación y disposición de los bifenilos policlorados o PCBs. El anexo de dicha resolución, incorporado a fojas 20/35, habla de los procedimientos seguros que deben atender los trabajadores que operen con ese tipo de sustancias, define los PCBs, establece parámetros distintivos entre aquellos equipos con concentraciones superiores a las 500 ppm, entre 500 y 50 ppm y los menores de 50 partes por millón de PCBs. En caso de derrames se determina que debe seguirse el siguiente procedimiento: 1) sellar la pérdida, 2) si eso fuera posible se debe traspasar a otro envase, 3) los derrames serán contenidos de inmediato a fin de evitar que la sustancia llegue a desagües, sumideros, etc. 4) se evitará por cualquier medio que estos productos escurran hacia el mar, ríos, lagos, capas freáticas, etc, 5) en forma inmediata se pondrá en operación un plan de seguridad limitando la entrada y la salida del lugar. Asimismo el apartado 11.3 de dicho anexo, se refiere a los casos de derrámense con incendios. En cuanto a ello establece que en caso de producirse un incendio respecto de un equipo que contenga PCBs, inmediatamente se deberá despejar el área, ponerse a resguardo de los humos de combustión, avisar a los bomberos indicando expresamente que el equipo combustionado contiene PCBs. Una vez sofocado el incendio se tendrá que cercar el área tomada por el fuego y el área contaminada, se evitará todo contacto con los residuos del incendio, se descontaminará el lugar y luego de ello recién se permitirá el ingreso al mismo.

4) Se incorporó a fojas 36 de ese legajo un folleto oportunamente difundido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Dirección Provincia de Energía, que describe un trasformador de electricidad, sus utilidades, sus componentes, etcétera. Particularmente se refiere a que dichos equipos son susceptibles de incendiarse en caso de fallas en los mismos.

5) Copia de resultado del análisis del agua de consumo de la vivienda de la señora Sofía Guinzburg, realizado por el laboratorio SIANCO SA con fecha 1 de septiembre de 2000. Este análisis arrojó como resultado la detección de 60ug/l de PCBs en agua (fojas 41). Esto se incorporó con el escrito agregado a fojas 1251/1254 de los autos principales.

6) Documentación agregada a fojas 43/49 incorporada con el escrito de fojas 2102/2108 del principal.

7) Placas fotográficas que ilustran derrames en la vía pública del líquido refrigerante contenido en los transformadores de electricidad que la empresa EDENOR posee instalados en el Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. Asimismo se ve la caída de un equipo, ocasionado ello el consiguiente derramamiento del contenido líquido del mismo. No se advierten tareas de contención en cuanto a ello (fojas 51/59).

8) Copia del estudio de agua realizado respecto de los domicilios sitos en Necochea 1258, Sócrates 1118 y Ruta 8 y Ruta Provincial 26, todos ellos de Del Viso, Provincia de Buenos Aires (fojas 60/61).

9) Copia de los análisis realizados con fecha 1 de septiembre de 2000 por el laboratorio INDUSER. Los mismos se realizaron: a) muestra de suelo (debajo de trasformador), recibidas en el laboratorio con fecha 24 de agosto de 2000. Las misma arrojó como resultado la detección de 7,41 mg/kg de bifenilos policlorados o PCB (fojas 62); b) muestras de isopado de riel de soporte de trasformador, recibido para análisis el día 24 de agosto de 2000. Ese dio como resultado la detección de 3,64 mg/kg bifenilos policlorados (fojas 63); c) muestra de suelo obtenida con fecha 23 de agosto de 2000, siendo que la misma dio como resultado la existencia de 2,17 mg/kg de PCBs (ver fojas 64).

10) A fojas 72/89 se incorpora el listado realizado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), mediante el cual se informa el resultado del relevamiento realizado respecto del contenido de los refrigerantes utilizado por los trasformadores de electricidad de la compañía EDENOR en el partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. De la lectura de tal listados e desprende que muchos de los equipos contienen PCBs en distintos tipos de concentraciones, siendo que ello se encuentra mencionado en dicho listado.

D. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE PILAR Y DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN:

1) Actas de extracción de muestras agregadas a fojas 15/31. En particular deberá prestarse especial atención al acta de fojas 16 en la cual se refleja el muestreo suelo al pie del poste un transformador de electricidad instalado frente al domicilio de la calle Masa 5565 de Del Viso, Provincia de Buenos Aires. La muestra en cuestión fue obtenida el día 16 de junio de 2000, siendo que la misma se identificó con el numero 1000. Mas adelante, a fojas 52/53, luce agregado el examen pericial realizado sobre dicha muestra en el Laboratorio Dr. Rapela SA. El análisis en cuestión arrojó la detección de 0.02 ppm de PCB en suelo. Asimismo el acta de fojas 20 refleja la extracción de muestras de suelo (1002) del poste numero 11844, que existía frente al domicilio de Sócrates e Ituzaingó de Del Viso, Buenos Aires. El análisis de esta muestra, también realizado en el laboratorio Dr. Rapela con fecha 30 de junio de 2000, dio la detección de 0.12 ppm de PCB en suelo. También el acta de fojas 18 da cuenta de la extracción de muestras de suelo (1001) de abajo del poste del trasformador existente en Davone y Unamuno de Del Viso, Provincia de Buenos Aires. El análisis de esa muestra arrojó la existencia de 0.03 ppm de PCB en suelo.

2) Informe practicado por el Departamento de Conservación de Recursos, Dirección de Ecología y Recursos Naturales de la Provincia de Buenos Aires. Dicho informe concluye en su punto 4 que: “En cuanto a las muestras de suelo recolectadas de las base de los transformadores de electricidad, los resultados fueron de bajas concentraciones de PCBs (bifenilos policlorados), según Ley 24.051 (de acuerdo a los valores guía para suelo de uso residencia). No obstante las bajas concentraciones halladas se debe tener en cuenta el alto grado de toxicidad que caracteriza a este compuesto…” (fojas 88/106).

3) Pre informe factores de riesgo en el Barrio Del Carmen de Del Viso (fojas 131/143). En uno de sus párrafos el informe dice: “… en general hemos visto que la gran mayoría de estos transformadores no solamente no son nuevos sino que además están muchos de ellos con mas de 10 años de vencidos los períodos de garantía, situación que determinaría que los mismos cuentan con líquidos refrigerantes como PCB, algunos de los mismos son mas viejos y han sido reacondicionados de manera tal que posiblemente son equipos que hayan sido removidos de áreas mas pobladas, reacondicionados y reinstalados en esta zona. El nivel de mantenimiento de los transformadores es bajo, muchos han sido vistos cubiertos de los refrigerantes que fueran PCBs y que generarían una gran cantidad de lugares con emisión de los mismos afectando el suelo y la población circundante lo que ocasionaría un importante problema ambiental asociado con esta área que estaría en riesgo…”.

4) Se incorporó a fojas 164 la copia del la nota suscripta por el Ingeniero Luciano Pironio, por entonces Subgerente de Calidad de Suministro, área técnica Pilar de la compañía EDENOR, que con fecha 14 de julio de 2000 enviara a la Municipalidad de Pilar – Dirección de Protección del Medio Ambiente y Calidad de Vida -. En ella se niega categóricamente la existencia de transformadores instalados en el partido de Pilar que utilicen refrigerante del tipo policloro bifenilos, es decir PCB. Asimismo se menciona que tampoco fueron instalados ese tipo de trasformadores ni por EDENOR ni por la anterior distribuidora SEGBA.

5) Acta de inspección confeccionada con motivo de la inspección dispuesta por el ENRE con fecha 17 de julio de 2000 respecto del estado de los trasformadores de electricidad instalados en el barrio Villa del Carmen. En ese documento, mas allá de mencionar el estado de los equipos inspeccionados, los empleados de EDENOR que suscriben el mismo, niegan la existencia en la vía publica y en todo el partido de Pilar, de trasformadores que utilicen como líquido refrigerante o aislante policloruros bifenilos (PCB) este documento fue firmado por el Ingeniero Daniel José Lello en su carácter de Gerente Técnico EDENOR SA, área técnica Pilar y por el Subgerente de Medio Ambiente de EDENOR SA, Licenciado Julio Márquez (fojas 165/166).

6) Resolución dictada por el Defensor del Pueblo de Pilar mediante la cual se declara el estado de emergencia ambiental y sanitaria al Barrio Villa el Carmen de la localidad de Del Viso, Partido de Pilar. Entre otras cuestiones en dicha resolución se consideró: “… teniendo en cuenta lo afirmado en el acta de inspección por autoridades jerárquicas de EDENOR SA acerca de la no existencia de policloruros de bifenilos en los trasformadores, como es que los resultados de los análisis hechos a las muestras del suelo tomadas de la base de los trasformadores de electricidad se han encontrado bajas concentraciones de PCBs …” (fojas 169/172).

7) Vistas de fojas 174/175 y 224/225 en las primeras se ilustran las instalaciones de predio de la empresa Rowing SA, la cual cumplía tareas de refacciones respecto de la red eléctrica, ello como firma prestataria de la compañía EDENOR SA. En las segundas se puede advertir la caída de un transformador con su el consiguiente derrame del líquido refrigerante contenido en el mismo.

8) Se agregó a fojas 216/217 la nota enviada con fecha 10 de octubre de 2000 por EDENOR SA a la Intendencia de la Ciudad de Pilar. En la misma se hace mención a la caída de los trasformadores de electricidad que se produjera con fecha 3 de octubre de ese mismo año. Las plataformas caídas fueron las identificadas con los números 11341 “Monterrey” y la 11342 “Azteca”. La caída de dichas plataformas importó que se derrame a la vía publica el refrigerante contenido en esos equipos eléctricos. Concretamente y en cuanto a la plataforma “Monterrey”, se ilustra a fojas 224/225 dicho episodio. Se puede advertir claramente la gran cantidad de líquido derramado, sustancia que no solo cayó sobre la calle de tierra la cual ese día se veía afectada por la gran cantidad de agua de lluvia caída, sino que también el contaminante se depositó en una zanja cercana. También se advierte en dichas vistas que los trabajadores que en ese momento se encontraban realizando las tareas de refacción correspondientes, cumplían sus actividades sin ningún tipo de protección con relación al posible contaminante que dicho equipo podía contener. Se advierte la presencia en las inmediaciones del siniestro de vecinos del lugar, siendo lo mas preocupante la permanencia en el sitio del siniestro de menores de edad. Por último se nota la falta de cuidado a poco que se ve la existencia de bebidas de consumo humano apoyadas sobre el equipo siniestrado. Si bien el informe que EDENOR incorpora en cuanto que el refrigerante derramado de ese equipo se encontraba “Libre de PCB”, deberá recordarse la distinción que realiza la resolución 369 del Ministerio de Trabajo y seguridad Social en cuanto determina que son “libres de PCB” todos los equipos con concentraciones inferiores a las 50 ppm de esa sustancia. Ello no significa que no contengan PCB ya que en ese caso se determinaría como equipos sin contenidos de PCB. A modo ilustrativo y para confirmar los dicho con anterioridad, deberá leerse el listado de transformadores con contenido de PCB oportunamente agregado a la causa, siendo que del mismo se desprende que el ubicado en la plataforma 11342 posee una concentración de 44 ppm de PCB.

E. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA MUNICIPALIDAD DE PILAR Y POR LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA.

1) Placas fotográficas de fojas 1/9 que ilustran tareas de refacción y reemplazo de trasformadores de electricidad. Se advierte el cambio del equipo instalado sobre la plataforma 11858, momento en el cual se habría producido un importante derramamiento del líquido refrigerante contenido en el equipo que fuera reemplazado. Si bien respecto del nuevo trasformador colocado sobre dicha plataforma se informa que su contenido de PCC es < a 3ppm de PCBs., no existen precisiones en cuanto al contenido del transformador que fuera reemplazado y que ocasionara el vuelco que se advierte en las vistas.

2) Exámenes periciales incorporados a fojas 10/25 realizados por los laboratorios PROANALISIS SA y e INDUSER. Los análisis de suelo de fojas 20/25 arrojan resultados positivos en cuanto a la existencia de PCB.

3) Informe preventivo “Diagnóstico de Situación Barrio Villa del Carmen” realizado por la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Pilar. En una se sus partes el informe concluye: “… es significativo el alto porcentaje de pacientes con problemas de asma y alergia y nos debe poner sobre aviso ya que estas patologías, en las que intervienen factores genéticos, hay un gran componente de factores medio ambientales…”

4) Actuaciones remitidas por la Municipalidad de Campana que guardan relación con los trasformadores eléctricos que se encontraban depositadnos en la empresa “Borg Austral” de esta ciudad 56/ 63.

5) Actuaciones remitidas por la Municipalidad de Pilar que guardan relación con las distintas actividades que desde ese municipio se encararan en cuanto a la problemática en estudio. En particular se acompañaron las notas enviadas a distintos organismos nacionales y provinciales, como así también a la compañía EDENOR. También se incorporó copia de la ordenanza por la cual se prohíbe la utilización de PCBs en el partido de Pilar. (65/81).

6) Actuaciones elevadas por la Municipalidad de Escobar en relación a al siniestro registrado respecto del transformador de electricidad ubicado en calle San Javier y Buolevard Barrio Amad de la localidad de Garín. Dicho transformador sufrió una avería que importó que su líquido refrigerante se liberara al medio ambiente. Según informó EDENOR ese equipo presentaba una concentración de 82,1 ppm de PCB (fojas 82/106).

7) Actuaciones remitidas por la Municipalidad de Pilar en relación a los transformadores denominados “Ciprés”, “Añatuya” y el instalado en Las Casuarinas entre El Ombú y El Robledal de Pilar. Debe recordarse que estos equipos fueron detectados con pérdidas, siendo que, por ejemplo en el caso del “Ciprés”, emplazado sobre la plataforma 11757, arroja una concentración de 14,5 ppm de PCB.

8) En las actuaciones agregadas a fojas 133 la Municipalidad de Pilar informa haber infraccionado (según ordenanza 02/02), a los equipos instalados sobre las siguientes plataformas: 11085 (45,3 ppm de PCB); 11850 (48,1 ppm PCB); 11847 (28,8 ppm de PCB); 11840 (5,3 ppm PCB); 11837 (21,4 ppm de PCB); 11831 (66 ppm PCB) y 11836 (4,6 ppm PCB). Las infracciones de produjeron al haberse detectado derrames o pérdidas de los refrigerantes contenidos en dichos aparatos.

F. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EDENOR Y ESEBA:

1) Documentación relacionada con la toma de muestras realizada el día 28 de agosto de 2000 y que fueran analizadas por la Universidad Nacional de La Plata. Los análisis de esas muestras arrojaron resultado negativos en cuanto a la existencia de sustancias cloradas.

2) Documentación incorporada al legajo mediante el escrito que se agregó a fojas 245 del principal. Esta guarda relación con las actividades de muestreo y análisis realizadas por la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.

3) Copia de la carta enviada a los clientes de EDENOR y que aparece suscripta por el por entonces Director General de la compañía, señor Christian Nadal. En esa nota el antes nombrado niega que EDENOR posea en el partido de Pilar equipos que utilicen compuestos aromáticos clorados, es decir PCBs. Refiere que esos equipos solo utilizan como refrigerantes aceites minerales. Refiere que desconoce el origen del PCB encontrado en las muestras de suelo obtenidas de debajo de alguno de los transformadores de la localidad de Del Viso, Provincia de Buenos Aires.

G. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA CGT, LA FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA Y EL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN:

1) Actuaciones elevadas por la Confederación General del Trabajo en contestación al oficio de fecha 22 de octubre de 2001. En ellas se deja constancia que ya en el año 1997 esa Confederación planteó al Superintendente de Riesgos del Trabajo, Licenciado Osvaldo Giordano y a la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación, Ingeniera Maria Julia Alsogaray; la utilización de bifenilos policlorados en transformadores de electricidad, trasmitiéndose la preocupación de ese organismo en cuanto al tema.

2) Actuaciones relacionadas con la reunión informativa llevada adelante el día 20 de septiembre de 2000 y el la cual el Ingeniero Juan Antonio Legisa informara a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación con relación al uso de los PCBs. (fojas 21/41).

H. LEGAJO DE INSPECCIÓN OCULAR REALZADA EL 30/10/02 RESPECTO DE LAS UBICACIONES FÍSICAS DE LOS TRANSFORMADROES DE EDENOR EN LA LOCALIDAD DE DEL VISO:

1) El informe confeccionado por la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional se dirigió a establecer la ubicación física de algunos transformadores de electricidad que la compañía EDENOR posee instalados en el partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. El informe en cuestión detalla la actividad realizada, ilustra con fotografías los diferentes transformadores relevados y concluye: “ a… , b: se constataron diferencias entre la documentación aportada por la empresa EDENOR y por la querella las cuales se mencionan a continuación: a) calle Maza al 5560/70 (aproximadamente) existió un transformador que en la documentación de la querella pero no así en los planos aportados por EDENOR; b) Homero e/ Ituzaingó y Juan XXIII se constató la presencia de un transformador, el mismo se encuentra indicado en la documentación de la querella pero no se encuentra indicado en los planos de la empresa EDENOR SA; c) En el plano correspondiente a octubre de 2001 aportado por EDENOR SA. Figuran la cámara Subterránea y los transformadores ubicados en la calle Davobe entre Ruta 8 y Unamuno y entre Unamuno y Florida que fueron constatados por la comisión del día 30 de octubre de 2002, en el croquis de la querella solo figura un transformador en la esquina de Davobe y Unamuno el cual ya no existe mas; d) El transformador de la calle Argerich al 1265 el cual fue corroborado su existencia, se encuentra ubicado en los dos planos de la empresa EDENOR y el croquis de la querella se encuentra a una cuadra de diferencia; e) En la calle Lisandro de la Torre y French existe un transformador que se encuentra indicado en el croquis de la querella pero no fueron declarados en los croquis correspondientes a la empresa EDENOR; f) En Chiclana a pocos metros de la Ruta 26 existe un capacitor que se encuentra detallado en el croquis realizado por la querella pero no es detallado en los planos de la empresa EDENOR…” Como paso final de este informe se elaboró un plano que distingue las diferencias constatadas al momento de cumplirse la inspección ocular mas arriba detallada.

I. LEGAJO DE INSPECCIÓN OCULAR EN LAS LOCALIDADES DE DEL VISO Y MANUEL ALBERTI CUMPLIDA EL DÍA 10 DE MAYO DE 2003:

1) El informe agregado en este legajo se realizó a efectos de constatar el estado de las cubas de cada uno de los trasformadores existentes en las localidades de Del Viso y Manuel Alberti del Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. Se elaboró el informe que luce a fojas 1/10, se incorporaron las vistas fotográficas de fojas 11/24, habiéndose volcado todo en el acta de fojas 25/25 vuelta. Los resultados de este informe ya fueron mencionados al momento de describirse los episodios que apoyan las conductas descriptas en los primeros párrafos de este auto (ver episodios constatados, punto “n” 1 a 5).

J. LEGAJO DE TAREAS DE INTELIGENCIA:

1) Tareas de inteligencia ordenadas con fecha 29 de septiembre de 2000 a la Delegación Campana de la Policía Federal Argentina. Mediante ellas se ordena determinar si en los predios que ocupan las firmas Rowing y Elecnor se encontraban depositados transformadores de electricidad pertenecientes a la compañía EDENOR. Loa resultados de las mismas, como así también las placas fotográficas extraídas, lucen agregadas a fojas 2/26.

2) Tareas de inteligencia solicitadas a la División Prevención del Delito Ecológico de la Policía Federal Argentina respecto del depósito de la firma Eseba sito en calle 3, esquina 525 de la localidad de Tolosa, partido de La Plata. Se incorporaron a fojas 21 y 22 las declaraciones testimoniales prestadas por el Oficial Carlos Antonio Estévez y por el Oficial Principal Ricardo Nicolás Douna en relación a ello. También se agregaron las vistas fotográficas que ilustran la existencia de transformadores depositados en el predio ocupado por dicha firma.

K. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LOS ALLANAMIENTOS CUMPLIDOS EL 9 DE MAYO DE 2003:

1) Se agregó a este legajo la documentación que fuera secuestrada al momento de cumplirse los allanamientos ordenados respecto de los depósitos de las empresas EDENOR, ROWING y ESEBA. La misma guarda relación con tareas de reparación realizadas respecto de algunos transformadores de electricidad.

L. LEGAJO DE FOTOGRAFÍAS Y CONCLUSIONES DE LOS ALLANAMIENTOS CUMPLIDOS EN EDENOR, ROWING Y ESEBA:

1) El informe de fojas 1/8 describe las tareas cumplidas por la prevención en el predio ocupado por la firma ESEBA, siendo que las mismas tuvieron como objeto principal la extracción de muestras de agua, tierra y aceite de transformadores. Las placas fotográficas de fojas 9/32 ilustran todo ello y en particular los sectores de los cuales se obtuvieron muestras para su análisis.

2) Actuaciones confeccionadas con motivo del allanamiento cumplido respecto del predio de EDENOR sito en Nazca y Beiró de la Capital Federal el día 9 de mayo de 2003. Este Informe relata las actividades cumplidas y como punto de interés concluye: “a)…, b)… c) El suscripto recomienda que los transformadores que se encuentran almacenados en los depósitos del predio ubicado en Nazca y Beiró de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires perteneciente a la empresa EDENOR SA, deberán ser tratados adecuadamente a los efectos de cesar el riesgo de producir una contaminación a gran escala (por las razones expresadas en los párrafos finales del desarrollo del presente informe) en un sector urbano altamente poblado, ya sea esa medida destruyendo los trasformadores, cubas y líquidos refrigerantes contaminados con Difenilos Policlorados mediante una técnica adecuada para tal fin (como por ejemplo, la incineración del material contaminado en hornos pirolíticos que poseen filtros que impiden el pasaje de estos contaminantes a la atmósfera), o si bien la empresa no puede realizar a la brevedad esta medida, que los mismos sean trasladados en forma urgente a un sector no poblado y con las medidas adecuadas de almacenaje de estos equipos de manera que no tengan contacto alguno con el medio ambiente…” (ver fojas 33/44). En relación a esta diligencia también se agregaron a fojas 45/71 las vistas fotográficas sacadas en ese momento.

3) Se glosó a fojas 72/90 un informe que habla sobre el incidente ocurrido en Seveso, Italia, con fecha 10 de julio de 1976. Asimismo se menciona el uso de compuestos clorados y dioxinas en la Guerra de Viet Nam, siendo que ese elemento tóxico fue el que se conoció comúnmente bajo el nombre de “Agente Naranja”.

4) Placas fotográficas que ilustran el allanamiento cumplido en el predio ocupado por la firma ROWING S.A.(fojas 91/194) e informe elaborado en relación a ello (fojas 105/112)

M. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA DENUNCIA REGISTRADA BAJO EL NUMERO 2527:

1) Debe recordarse que bajo dicho numero se registró la denuncia oportunamente presentada por Aldo Omar San Pedro y por Graciela Podestá. Es este legajo se incorporó un informe que habla sobre los riesgos del PCB, copia de la nota enviada a la Dirección de Protección Ambiental y Calidad de Vida de la Municipalidad de Pilar por EDENOR y que aparece suscripta por el Ingeniero Luciano Pironio, mediante la cual se niega la existencia de transformadores con líquidos refrigerantes tipo policloro bifenilos en el partido de Pilar. También se agregó copia del acta de inspección practicada por el ENRE con fecha 17 de julio de 2000 y a la cual ya mas arriba se hiciera referencia.

2) Se agregó copias de las tareas de relevamiento y análisis de muestras realizadas por la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.

N. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL HECHO OCURRIDO EL 1 DE MARZO DE 2002:

1) Este legajo contiene documentación que guarda relación con la liberación al medio ambiente del refrigerante contenido en un transformador de electricidad que era transportado en un camión por el partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. La sustancia derramada contenía PCBs.

Ñ. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA ADUANA DE CAMPANA, LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, LAS FIRMAS ASWELL S.A., TREDI, VANIER E INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA:

1) Información remitida por la Inspección General de Justicia relacionada con la composición accionaria, integrantes del directorio, actas de asambleas, etcétera de las siguientes empresas: Edenor SA, Edesur SA, Astra Compañía Argentina de Petróleo S.A., Electricité de France, Empresa Nacional de Electricidad Sociedad Anónima, Empresa Nacional Hidroeléctrica Ribagozana Sociedad Anónima, Société D`Amenagement Urbain el Rural, Crédit Lyonnais, Banco Santander, Endesar, Endesa (Grupo Endesa) y J.P Morgan (capital corporation).

2) Informes elevados por las empresas Varier Electromecánica, Tredi y Ashwell SA relacionado con las tareas de mantenimiento realizadas en algunos transformadores de electricidad.

3) Informe elevado por la Dirección Nacional de Aduana en relación a los registros de importación de PCBs.

O. LEGAJO QUE CONTIENE LA PERICIA REALIZADA RESPECTO DE LA UBICACIÓN DE PERSONAS CONTAMINADAS Y ENFERMAS:

1) Se agregó aquí el informe confeccionado por el Alférez de Gendarmería Nacional Leonardo Osiris Bugatti. Este trabajo guarda relación con el relevamiento realizado en la zona de Del Viso en cuanto a las personas que poseen algún tipo de afección que pueda estar vinculada a los hechos que son objeto de investigación en este legajo. Previo iniciar esta actividad, el perito actuante incorporó bibliografía que habla sobre los problemas a la salud que pueden causar los bifenilos policlorados, representando ello con estudios mundiales preparados en relación al tema. Luego de relevar un grupo determinado de personas el perito concluyó: “a) Las personas que fueron identificadas en las listas de chequeo numeradas del 1 al 59; 61; 62 y 64 al 70; presentaron enfermedades o afecciones concordantes con las detectadas en diversos estudios científicos que se detallan en el comienzo del apartado II (desarrollo) del presente informe…”. Continúan sus conclusiones mencionando medidas que a su entender podrían resultar de utilidad para el esclarecimiento de los hechos sometidos a investigación. Por último aporta un plano donde ubica geográficamente los domicilios de cada una de las personas visitadas.

P. LEGAJO QUE CONTIENE LA LISTA DEL CHEQUEO DE CADA UNA DE LAS PERSONAS CONTAMINADAS Y/O ENFERMAS (este legajo guarda relación con la pericia de ubicación mencionada en el apartado “Ñ” de la presente):

1) Aquí se agregaron las listas de chequeo que la Unidad Especial de Operaciones Aduaneras de Gendarmería Nacional confeccionara al momento de visitar a cada una de las personas relevadas. Estas listas contienen los datos personales de los encuestados, las afecciones detectadas respecto de los encuestados y/o algún integrante de su grupo familiar y las tratamientos médicos realizados. También se menciona la cercanía de las viviendas de los entrevistados con algún transformador de energía, describiéndose asimismo si ese equipo sufrió algún tipo de siniestro. En caso de fallecimiento de algún integrante del grupo familiar, se mencionaron las causales del mismo. Para esta actividad se encuestaron a setenta (70) personas. Por último es conveniente aclara que en un plano confeccionado a tal fin, se ubicó el domicilio del entrevistado y la ubicación del transformador mas cercano al mismo.

Q. LEGAJO DE SALUD:

1) A estas actuaciones se incorporaron todas las constancias que guardan relación con las afecciones sufridas por algunos de los vecinos de Villa del Carmen. Se agregaron historias clínicas, informes médicos, constancias de tratamientos, etcétera.

R. LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EL ENRE:

1) Memorando enviado por el Departamento Ambiental del Ente Nacional Regulador de la Electricidad al Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias y a la Asesoría Jurídica.

2) Información relacionada al uso y manipuleo de PCBs.

3) Listado de transformadores en uso de la compañía EDENOR SA.

S. LEGAJOS QUE CONTIENEN LOS EXPEDIENTES DEL ENRE NÚMEROS 4930, 6448, 6360, 5855, 6012, 4383 Y 5478:

1) El expediente 4930 trata el siguiente asunto: EDENOR SA evento ocurrido el día 19.04.98 en la calle Oliden 6585 de la localidad de Del Viso, Partido de Pilar , Bs. As., en el que el Sr. Juan Crisóstomo Moreno habría sufrido una descarga eléctrica al tocar un “pilar con corriente”.

2) El expediente 6448 se refiere al evento: EDENOR SA ocurrido el 3.4.99 en la calle Alvear entre Alem y Chacabuco de la localidad e Villa Rosa, Pilar, en el cual los niños Dina Elisa Tocelle y David Marcos Tocelle y el seor Guillermo Arilr Bani habría resultado lesionados.

3) El 6360 trata el siguiente asunto: EDENOR SA evento ocurrido el 16/03/99 en el Country Solares del Pilar, lote 161/162, localidad de Manzanares, partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, en el cual habría fallecido Juan Osvaldo Ponce.

4) El expediente 5855 se refiere: evento ocurrido el 20/11/98 en la calle Salta 2428, e/ Colombia y Azcuenaga , de la localidad de Presidente Derqui Partido de Pilar, en el cual la menor Karen Vargas habría resultado lesionada.

5) El expediente 6012: Accidente ocurrido el 27/12/98 en la calle Fermín Gamboa e Ituzaingó de la localidad de Pilar, en el cual José Luis Cisneros habría fallecido.

6) Expediente 4383: Accidente sufrido por Guillermo David García el día 1.12.97 mientras realizaba tareas en la calle Perón 22 – Esquina Drago – de la localidad de Tortuguitas, partido de Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires.

7) el expediente ENRE 5478: EDENOR SA evento ocurrido el 19.8.98 en la calle Arata 1996 esquina Congreso de la localidad de Del Viso, Pilar.

T. ANEXO METEOROLÓGICO:

1) Este legajo contiene datos relacionados con la dirección, intensidad y demás datos de los vientos predominantes en el partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires.

U. LEGAJO DE BIBLIOGRAFÍA:

1) Contiene material científico que guarda relación con las características, utilidades y demás datos de los bifenilos policlorados o PCBs.

V. CONTRATO DE CONCESIÓN:

1) Se incorporó a este legajo el contrato mediante el cual se concesiona la distribución del servicio de energía eléctrica de a la empresa Distribuidora Norte Sociedad Anónima (EDENOR SA), determinándose allí en ámbito territorial que le compete.

W. CAUSAS QUE CORREN POR CUERDA A LAS PRESENTES ACTUACIONES:

1) La registrada bajo el numero 4085 se investiga en estas actuaciones la liberación al medio ambiente del líquido refrigerante contenido en el transformador numero 170587 ubicado en Nicaragua entre Laferrere y M. Coronado del barrio Agustoni, Partido de Pilar. Ese equipo habría derramado su contenido líquido, el cual, según informes, habría tenido una concentración de 189,7 ppm de PCB.

2) Causa 4762. Se investiga el goteo del transformador ubicado en la intersección de las calles Boulevard y San Javier de Escobar, Provincia de Buenos Aires. Como ya se mencionara oportunamente, este equipo contenía PCBs.

3) La causa 2717. Denuncia de Eleonora Monsalvo por la cual da cuenta caída en el interior de su vivienda, del transformador ubicado frente a su domicilio, el cual resulta ser el de la calle sobre la calle Nicaragua de la localidad de Pilar, Provincia de Buenos aires.

4) La causa iniciada con motivo de la denuncia de Patricia Asorey. La misma guarda relación con hechos que son objeto de investigación en este legajo.

5) Causa 3777 en la cual se investigó el derrame ocurrido con fecha 1 de marzo de 2002 cuando transformadores de electricidad eran trasportados en un camión de la empresa Marbec, por la localidad de Pilar. En ese momento uno de los equipos sufrió una avería que importó que el líquido contenido en su interior se desparramara en al cinta asfáltica.

(CONTINÚA)

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