El Estado reconoció su responsabilidad en el crimen de Octavio Romero y se comprometió a prevenir y sancionar los delitos de odio

Octavio Romero, quien se desempeñaba como suboficial 1° de la Prefectura Naval Argentina, fue visto por última vez el 11 de junio de 2011 cuando salió de su hogar para encontrarse con un grupo de amigos. El joven fue hallado muerto, 6 días después, en el Río de la Plata, desnudo y con rastros de golpes.

Octavio iba a ser el primer integrante de la Prefectura Naval en casarse con alguien de su mismo sexo, pero luego de solicitar autorización para hacerlo a su superior jerárquico (procedimiento obligatorio en ese entonces) apareció muerto en aguas controladas por la Prefectura.

Los múltiples hostigamientos y amenazas que Octavio sufría por su orientación sexual en el ámbito laboral se intensificaron tras dicho pedido. La investigación penal del hecho estuvo plagada de irregularidades, prejuicios y estereotipos, y no abordó con seriedad la hipótesis de un crimen de odio basado en la orientación sexual. Gabriel Gersbach, pareja de Octavio fue investigado sin imputación alguna, y durante años se le negó la participación como querellante en la causa. 

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Fundación Igualdad representaron a Gabriel en diversos procesos en búsqueda de verdad y justicia. Como parte de ese acompañamiento, en 2012 recurrieron junto a él a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el objetivo de que se declarara la responsabilidad del Estado argentino por la violación de los derechos a la vida e integridad personal de Octavio, y de las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial, tanto de de Octavio como de Gabriel.

Seis años después, la CIDH declaró la admisibilidad del caso, y en 2020 el gobierno ofreció iniciar un proceso de solución amistosa.

El acuerdo de responsabilidad estatal

Tras meses de intercambios con diferentes organismos públicos, el 7 de septiembre último se firmó el acuerdo. En dicho instrumento, el Estado reconoce su responsabilidad por la falta de adecuación de la investigación penal a los estándares internacionales, especialmente a la debida diligencia reforzada que rige en materia de violencia por motivos de género, comprometiéndose a brindar, de aquí en adelante, todo el apoyo que pueda requerir la fiscalía interviniente en la causa.

Además, se obliga a adoptar una serie de medidas de reparación simbólica, tales como la producción de un documental sobre diversidad sexual en las fuerzas de seguridad y la realización de un mural en memoria de Octavio. 

El Estado Nacional también asume el deber de impulsar acciones para evitar la reiteración de estos hechos, entre las cuales cabe destacar: el dictado, por parte del Ministerio de Seguridad, de un protocolo para canalizar denuncias por discriminación en razón de la orientación sexual y/o identidad de género; el desarrollo de instancias de formación para cadetes y aspirantes que deseen ingresar a las fuerzas de seguridad federales, así como para docentes, instructores e instructoras; la difusión de un cuadernillo sobre diversidad sexual en las fuerzas de seguridad; el fortalecimiento de los cuerpos de profesionales especializados y especializadas en garantizar el acceso a la justicia de las personas LGBTIQ+ en situación de violencia; la confección de lineamientos generales para el abordaje de los crímenes de odio por parte del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad; y la adaptación del protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres elaborado por el Ministerio Público Fiscal, con el objetivo de incluir en él la perspectiva de diversidad y las especificidades de la investigación de los crímenes basados en la orientación sexual, identidad de género, su expresión o característica sexual. El acuerdo completo está disponible acá. 

En lo sucesivo, el Estado argentino celebrará reuniones periódicas con ACIJ y la Fundación Igualdad para evaluar la ejecución del acuerdo, y presentará a la CIDH informes semestrales sobre su grado de cumplimiento y sobre los avances que se registren en la causa judicial.

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