La justicia ordena reincorporar agentes de tránsito despedidos por el GCABA

La titular del juzgado de feria n.° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Elena Liberatori resolvió declarar el incumplimiento por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de los términos de la medida cautelar ordenada el 1° de noviembre de 2019 por su colega, Patricia López Vergara; y ordenó la reinstalación de la totalidad de los trabajadores del Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte desvinculados por el GCBA con posterioridad a dicha manda cautelar. Todo ello en el marco de la causa “Asociación Trabajadores del Estado contra GCBA sobre Amparo – empleo público – otros”.

La asociación gremial interpuso acción de amparo contra el Ejecutivo local con el objeto de que «se otorgue estabilidad al personal del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la CABA, de acuerdo a las garantías ‘previstas en los artículos 14 bis de la CN, 43 de la CCABA y 9 y 36 de la ley n° 471. Asimismo solicitó como medida cautelar se ordene al GCBA se abstenga de disponer cualquier acto administrativo o vía de hecho que implique la ‘desvinculación del personal del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se disponga la inmediata contratación de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) para aquellos agentes que a la fecha no tengan».

La jueza indicó que «el GCBA en su planteo no hace otra cosa que exponer una serie de artilugios con la que pretende fundamentar la desvinculación de los trabajadores comprendidos en la medida cautelar; pero con ello ratifica que efectivamente se ha incumplido la manda judicial dictada». Por lo tanto, aseguró que «habiéndose acreditado el incumplimiento de la medida cautelar dictada (…), se ordena la inmediata reinstalación de la totalidad de los agentes desvinculados que se encontraban en funciones a la fecha de la medida cautelar del 01/11/2019 y se ratifican los términos de dicha resolución, en virtud de la cual no solo se reconoce sus derechos laborales, sino también se les brinda la protección que las mismas merecen: hasta tanto el GCBA cumpla con incorporarlos en la planta transitoria».

 

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