Cuatro jueces federales fueron condenados a cadena perpetua

El juicio comenzó en febrero de 2014. Se juzgó a 25 imputados; además de policías y militares fueron condenados cuatro jueces federales: Otilio Romano, Luis Miret, Rolando Evaristo Carrizo y Guillermo Max Petra Recabarren.

Otros imputados fueron condenados a penas graves que van de los 3 a los 20 años. Hubo tres absoluciones, siete penas de entre 15 y 20 años de prisión y doce perpetuas. También hubo 5 condenas que incluyeron la figura de delitos sexuales.

La nota destacada y que reviste carácter histórico es la condena a los cuatro jueces –algunos en funciones hasta muy poco y actuando para obstaculizar el avance de la causa– mientras que en el caso de Miret se trata de un prófugo de la justicia que fue repatriado luego de haber huido a Chile.

Se los acusó de haber sido partícipes necesarios por acción y no por mera omisión. Por primera vez las condenas contemplaron los ataques sexuales que sufrieron las ex detenidas y secuestradas, como un delito independiente de otros delitos tales como torturas y secuestros.

Los magistrados que integran el tribunal que dictó las condenas, Alejandro Waldo Piña, Juan Antonio González Macías y Raúl Alberto Fourcade, estudiaron de manera sistemática expedientes de la época durante el desarrollo del proceso.

No es la primera vez que integrantes del Poder Judicial son condenados por su participación en crímenes perpetrados durante la última dictadura militar. El precedente se registró en Santa Fe, donde el ex juez Víctor Brusa recibió una pena de 21 años, condena confirmada por la Corte Suprema.

El fallo judicial de Mendoza condena la participación de civiles en el terrorismo de Estado y avanza en el reclamo de verdad y justicia en circunstancias en que ha reaparecido el negacionismo y se produjera el ignominioso fallo de la CSJ que liberó a un represor condenado. La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña (Expte “BIGNONE, Benito A. y otro s/recurso extraordinario”). La decisión de la mayoría, constituida por los ministros Highton, Rosenkrantz y Rosatti, declaró aplicable la ley 24.390 (conocida como 2 x 1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001,

Luis Miret y Rolando Carrizo fueron jueces federales, Otilio Romano ejerció como fiscal federal y Guillermo Petra Recabarren como defensor público oficial. Todos rotaron por las diferentes funciones, porque la ley vigente en la época habilitaba la subrogancia de los cargos entre los mismos magistrados. Así, el fiscal y el defensor en algunos casos podían reemplazar a los jueces.

Según consignó el sitio Mendoza Online, el ex juez Miret fue condenado por ser partícipe primario en siete hechos de homicidio agravado en concurso real con el delito de privación abusiva de la libertad agravada, 17 hechos de privación abusiva de la libertad agravada, seis hechos de tormentos agravados, un allanamiento ilegal y tres robos agravados. Y en calidad de partícipe necesario en el delito de violación agravada en un hecho.

El ex juez Rolando Evaristo Carrizo, en tanto, recibió su condena en carácter de partícipe primario en dos hechos de homicidios agravados en concurso real con privación abusiva de la libertad agravada, en 14 hechos de privación abusiva de la libertad agravada, dos de tormentos agravados y un allanamiento ilegal.

Por su parte, Petra Recabarren fue encontrado culpable de ser partícipe primario en 17 hechos de homicidios agravados en concurso real con el delito de privación abusiva de la libertad agravada y en cinco hechos de privación abusiva de la libertad agravada.

Por último, el ex fiscal Romano fue condenado como partícipe primario en 33 hechos de homicidios agravados en concurso real con privación abusiva de la libertad agravada, 25 hechos de privación abusiva de la libertad agravada, 36 hechos de tormentos agravados y un allanamiento ilegal. Fue además acusado en calidad de partícipe necesario en el delito de violación agravada en cuatro hechos y en cinco de abuso deshonesto agravado, y como autor del delito de omisión de promover la investigación en un hecho.

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