El 14 de diciembre vence la ley Especial de Protección Patrimonial 

SI NO SE PRORROGA 3600 EDIFICIOS DE VALOR PATRIMONIAL QUEDAN DESPROTEGIDOS

A través de una cadena de mails, organizaciones ambienbtalistas y sociales, juntas históricas y vecinos interesados en conservar el patrimonio arquitectónico y cultural de la Ciudad de Buenos Aires, proponen tomar contacto con la Legislatura porteña instando a los legisladores a prorrogar la ley que protege a edificios catalogados de la Ciudad.

La Ley 2548 de Promoción Especial de Protección Patrimonial protege de su demolición a miles de edificios de valor patrimonial de la Ciudad. El 14 de diciembre expira el plazo contemplado en dicha ley, que en caso de no prorrogarse dejaría librados a la piqueta inmobiliaria a unos 3600 edificios catalogados junto con los inmuebles de la Ribera, desde Núñez hasta La Boca.

Para evitar que eso ocurra proponen enviar un mail o carta a cada uno de los legisladores, cuyo modelo sugerido es el siguiente:

Sr/a. Legislador/aQuien suscribe, ciudadano/a argentino/a mayor de edad, se dirige a ud. a fin de solicitarle tenga a bien aprobar el 27 de noviembre la prórroga de la Ley 2548 de Promoción Especial de Protección Patrimonial (PEPP) ya que como es de su conocimiento, vencería el 14 de diciembre del presente año. De no ser así¬, usted y la actual Administración de la Ciudad -dado que tiene la facultad de impulsar proyectos legislativos- podrí¬an tener responsabilidad en la pérdida irreparable de una inmensa cantidad de inmuebles de incalculable valor patrimonial en la Ciudad, llevándose consigo una parte irrecuperable de nuestra historia.
Este reclamo se ampara en las normas que garantizan los derechos ciudadanos y en los artículo 27 (“…La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:…” “…2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.”), y artículo 32 (“…Esta constitución garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, la memoria y la historia de la ciudad y sus barrios.” ) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Gracias por cumplir con las funciones para las que fue elegido/a.

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