DETALLES DEL NUEVO FALLO SOBRE SUBSIDIOS A HIJOS DE CARTONEROS

Frente a las interpretaciones contradictorias que los diarios nacionales publicaron sobre la resolución de la Cámara de Apelaciones acerca del pago del subsidio a los cartoneros parece necesario aclarar algunos puntos.

Títulos del tipo “Al final, la Comuna no deberá dar subsidios a cartoneros” (Clarín, Domingo 9/10) contradiciéndose con “Becas para los niños cartoneros” (La Nación, mismo día)… o “Suspenden el pago a cartoneros” (InfoBae, Lunes 10) -que a más de sembrar confusión, es obsoleto ya que corresponde a mediados del mes pasado*-; títulos como estos no aportan claridad sobre la resolución que, como sí bien dice la nota de La Nación, en el CEJUBA vemos con buenos ojos ya que en concreto determina lo siguiente:

1. PARA CADA MENOR DE 15 AÑOS, Y EN UN PLAZO MENOR A 20 DÍAS:- otorgarle una beca escolar- completar ese ingreso con un incentivo para que continúe sus estudios- brindarle cobertura sanitaria- brindarle cobertura social

El plazo de 20 días es el que la Cámara le da al gobierno de la Ciudad para reglamentar adecuadamente cualquier programa existente, futuro o ad hoc a fin de que cubra los ítems enumerados para cada menor involucrado en la tarea de cartonear.(Ver resolución, página 14 párrafos 5to. al 8vo.)

2. PARA MENORES DE ENTRE 15 Y 17 AÑOS:- Otorgar el subsidio de $ 205.-, monto indicado por el decreto 212/05 y calculado por el propio gobierno de la Ciudad.

Se otorga bajo los requisitos: estar inscripto en el Registro de Recuperadores Urbanos RUR -aún pueden inscribirse quienes no lo hallan hecho-, optar por escrito dejar la tarea de “cartonear” y volver a la de estudiar, y presentar cada 6 meses el certificado de escolaridad.(ver Resolución, página 13, párrafos 7mo. al 9no.)

Aclarados estos puntos que establecen la nueva situación, definitiva a menos que al Ejecutivo se le ocurra apelar su apelación, cabe destacar que pese a los vericuetos argumentales, los párrafos que apuntan a la ambigüedad jurisdiccional, o deslindan responsabilidades hacia las familias, las “organizaciones de la sociedad civil”, o a las “deficiencias socioeconómicas que padece nuestra Nación” (sic), es decir a todo en general y a nada en particular… pese a ello queda claro nuevamente que el Estado de la Ciudad de Buenos Aires debe hacerse cargo a través de medidas reales de los derechos básicos de sus habitantes.

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